Junio 16, 2024

Nueva ley de deuda consolidada: Las 10 respuestas clave de Hacienda

Ex-Ante
Alejandro Puente, Catalina Coddou y Mario Marcel.

La nueva Ley de Deuda Consolidada que aprobó el  Congreso y que será promulgada en los próximos días por el Gobierno permitirá el acceso al historial del comportamiento crediticio de las personas que tengan un préstamo en cualquiera de las plataformas bancaria, de cooperativa y de tiendas comerciales, a todas las instituciones financieras. Con esta información se buscará premiar a las personas que han sido responsables con sus pagos. El coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, Alejandro Puente y la asesora de Hacienda, Catalina Coddou, respondieron las 10 preguntas que permiten conocer mejor los alcances de la nueva ley.

  1. ¿Qué ventajas tiene poseer esta herramienta que permite conocer la deuda que tienen los chilenos?

 –El Registro de Deuda Consolidada (Redec) ayudará a combatir los distintos problemas que genera la parcialidad de la información. ¿Cómo?

  • Mejorando la competencia;
  • Mejorando el acceso y condiciones de financiamiento para los buenos pagadores;
  • Permitiendo una mejor gestión del riesgo crediticio;
  • Reduciendo el sobreendeudamiento de personas y familias; y,
  • Mejorando la información y fiscalización financiera y, con ello, el oportuno diseño de políticas públicas.
  1. ¿Qué es el Registro de Deuda Consolidada (Redec)?

-Es un Registro de Deuda Consolidada, público y gratuito, que recopilará información de deuda impaga o información negativa (que ya está en el sistema hasta ahora), pero además incorporará los créditos pagados en tiempo y forma (“información positiva”).

  • El adjetivo consolidada es porque se considera o agrega el conjunto de las deudas que tiene una determinada persona, tanto con las instituciones financieras que actualmente reportan sus datos a la Comisión del Mercado Financiero, como las que se incorporan con esta Ley a su perímetro de supervisión, como se detalla más adelante.
  1. ¿Quién administrará el Redec y cuál será su uso?

-El Registro será administrado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y se encargará de fiscalizar su correcto uso.

  • El Registro se podrá usar para hacer análisis de riesgo de crédito por parte de instituciones financieras, y permitirá recabar información para un mejor diseño de políticas públicas.
  • Otro uso muy importante, a través del portal “Conoce tu deuda” de la CMF, es que las personas podrán solicitar un informe del conjunto de sus deudas para usar con distintos objetivos, como por ejemplo solicitar un crédito.
  1. ¿Qué tipo de información consolidará el Redec?

-Operaciones de crédito, así como las de otras operaciones de carácter financiero, de conformidad a lo que pueda establecer la CMF mediante Norma de Carácter General. Con todo, el Registro solo mostrará información de deudas vigentes o extinguidas en un período de 5 años, y no mostrará información de deuda prescrita.

  1. ¿Quiénes podrán acceder a la información del Redec?

Los deudores, personas naturales o jurídicas, respecto de toda la información que almacene el Registro.

  • Además, podrán acceder al Registro todas las instituciones que reportan solo cuando corresponda para hacer evaluaciones de riesgo al momento de otorgar o no un crédito a un cliente o potencial cliente.
  1. ¿Cuáles instituciones deberán reportar información al Redec?
  • Bancos
  • Compañías de seguros
  • Administradores de mutuos hipotecarios endosables
  • Emisores de tarjeta de crédito fiscalizados por la CMF
  • Cajas de compensación
  • Cooperativas de ahorro y crédito fiscalizadas por la CMF
  • Sociedades securitizadoras
  • Entidades de asesoría crediticia de la Ley Fintech
  • Otras entidades fiscalizadas y definidas por la CMF
  • Cualquier otra persona o empresa que otorgue más de 1.000 operaciones de crédito o por más de 100.000 UF
  1. ¿Qué derechos tienen las personas sobre sus datos personales en el Redec?

Los derechos de los deudores reconocidos en la ley son:

  • Derecho de acceso: Toda persona, natural o jurídica, puede acceder al Registro, respecto de toda su información y la de sus obligaciones que se encuentre almacenada.
  • Derecho de actualización, rectificación o complementación: Toda persona, natural o jurídica, puede solicitar al respectivo reportante, la actualización, rectificación o complementación de su información o de sus obligaciones, almacenada en el Registro.
  • Derecho de cancelación: El deudor tendrá derecho a solicitar al respectivo reportante, la eliminación de su información o de sus obligaciones, almacenadas en el Registro que, de conformidad con la ley, no corresponda ser almacenada en dicho registro.

Además, se reconoce el derecho de cada persona de ser notificada cada vez que se consulte su información del Registro.

  • La ley reconoce que los deudores son los dueños de sus datos. Los derechos mencionados son irrenunciables, de carácter gratuito y podrán ejercerse de forma presencial o mediante medios digitales.
  1. ¿Qué beneficia a las personas que se sepa su nivel de deuda en el sistema?

-En concreto, más información -especialmente al incluir información positiva o de pago- debiese aumentar el acceso al crédito, y mejorar las condiciones en que las personas y familias pueden acceder al crédito. En este sentido, es importante destacar que en el caso de las personas de más bajos ingresos muchas veces lo único que pueden mostrar para obtener un crédito es su buen comportamiento de pago. Sin esta posibilidad podrían no ser sujeto de crédito o serlo en condiciones muy desventajosas. Es decir, esta ley beneficiará a las personas que son buenas pagadores o tienen un bajo nivel de deuda.

  1. ¿Qué se requiere para que un reportante acceda a la información del Redec?

La regla general es el consentimiento del deudor o potencial cliente de la institución financiera de que se trate. Excepcionalmente, podrán acceder sin consentimiento en las siguientes hipótesis:

  • Consultar información negativa, de conformidad con el tratamiento de datos personales económicos, financieros o bancarios que establece esa ley.
  • Consultar bases de datos anonimizadas, para la creación de modelos, estudio o estadísticas.
  • Hacer seguimiento de un crédito ya otorgado, solo para efectos de cumplimiento regulatorio.
  1. ¿Qué sanciones se establecen en caso de uso negligente o malicioso de la información del Redec?

La ley establece un régimen de sanciones a los reportantes, que replica la estructura escalonada de la regulación de datos personales, distinguiendo entre sanciones leves (norma supletoria), graves (hipótesis de culpa) y gravísimas (hipótesis de dolo).

  • Las infracciones leves se sancionan con penas económica (hasta 100 UTM); las graves con penas económicas (hasta 5.000 UTM), sin perjuicio de la posibilidad de sancionarlas con penas privativas de libertad en casos de reiteración; y, las gravísimas se sancionan con penas económicas (hasta 10.000 UTM), además de la posibilidad de sancionarlas con penas privativas de libertad.

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