Junio 6, 2023

Jorge Correa Sutil y fallo por cobros de isapres: “Aquí se han roto formas básicas del derecho”

Marcelo Soto

El abogado constitucionalista y ex subsecretario del Interior sostiene que la interpretación del fallo que obliga a las isapres a devolver excedentes es un “error”. “Me lleva a concluir que la orden de devolver excedentes solo es aplicable respecto de las personas que reclamaron en cuatro recursos”, dice.


-¿Se ha transformado en un lío el tema de la isapres?

-Claro. Todo el movimiento político ha entendido que el fallo obliga a devolver excedentes en términos generales. Lo que la ministra Vivanco sostiene en la entrevista del domingo es que solo se debe devolver a aquellas personas que históricamente hayan demandado. Ambos están equivocados.

-¿Por qué?

-La lectura del fallo a mí me lleva a concluir que la orden de devolver excedentes solo es aplicable respecto de las personas que  reclamaron en cuatro recursos. La sentencia tiene efectos generales: no se pueden subir los planes de salud de aquí en adelante. Y eso se aplica a todos los cotizantes. Puede discutirse si una sentencia puede tener efectos generales, pero en el número siete NO establece a los beneficiarios de la compensación. Y al no establecer a los beneficiarios de la compensación, la única interpretación que se puede hacer de un fallo es que solo se aplica respecto de las personas que litigaron.

-¿No estás de acuerdo con Angela Vivanco?

-No, no. Ángela Vivanco dice que hay que compensar a todas las personas que históricamente han demandado. Mi lectura es mucho más específica: no es respecto de todas las personas que han demandado, sino de cuatro personas.

-¿Las personas detrás de esos cuatro reclamos?

-Exacto. Esa es la manera correcta.  Desde luego ha habido toda una inflación de trabajo, de tarea política, de urgencias, que no se compadece con el lenguaje de fallo. Tal vez se explica por las entrevistas que antes dio la ministra. Pero nadie puede entender que las entrevistas de los ministros revelan lo que dicen los fallos. Y ahora andan todos entendiendo que la nueva versión del fallo es la que dio la ministra en su última entrevista. Sin embargo, basta leer el fallo para concluir que son cuatro casos. No se debe devolver compensación más allá de los cuatro casos. Lo demás hay que arreglarlo legislativamente.

-¿Esos cuatro casos cuánto dinero suman?

-No tengo la cifra,

-Pero ¿debe ser muy poco comparados con los 1.400.000.000 de dólares de los que se ha hablado?

-Es nada. Esto no se mide en dólares; se mide en pesitos.

-¿Cómo valoras el papel aquí de la tercera sala, que ha tenido otras controversias?

-La tercera sala agregó este lío que se saltó todas las formas del derecho y creó una sentencia de carácter general sin oír a todas las partes que estaban involucradas. Entonces creo que el lío lo creó la tercera sala y ahora están todos corriendo a preguntarle al mismo (la tercera sala) autor del lío cómo hay que cumplirlo, cuando la lectura del fallo debiera llevar a solucionar los cuatro casos.

Habrá que legislar, claro, para todo el resto de los casos. Pero legislar no para cumplir un fallo, sino para hacerse cargo de un problema que es que las isapres están cobrando más allá de lo que la ley les permite.

-¿Cuál es tu opinión sobre la tercera sala? El juez Sergio Muñoz fue el voto disidente.

-El ministro Muñoz dice que es partidario de mantenerse en la doctrina tradicional de la Corte. Eso hace que haya incerteza también respecto del recurso de aclaración, porque la ministra Vivanco está inhabilitada de opinión. Ella está inhabilitada para aclarar el fallo y el ministro Muñoz fue disidente; entonces, de los cinco quedan tres nomás.

-¿Qué crees que debería hacerse para salir del embrollo?

-Lo que yo creo que hay que hacer es cumplir la sentencia respecto de las cuatro personas a quienes beneficia y no a otras, y seguir legislando. Eso es lo que yo haría. Pero es lo que probablemente no van a hacer.

-¿Esto ya se transformó en un tema político, la gente ya está esperando esto como si fuera un nuevo retiro?

-Es un lío descomunal, que se produce cuando típicamente los tribunales se saltan las formas básicas del derecho.

-¿Cómo evalúas lo que ha hecho el Gobierno al respecto con este tema?

-Prefiero plantear lo que el gobierno debería hacer: un cumplimiento estricto de la sentencia. Y la sentencia ordena la devolución, sin señalar los beneficiarios, o sea solo a los recurrentes. Porque los fallos producen efectos respecto de quienes recurren, a menos que la sentencia claramente disponga otra cosa.

La sentencia dispone claramente respecto de los precios de los planes futuros, pero no dispone en términos expresos respecto de la devolución de excedentes. Me parece un error grave ir a preguntarle a la corte de nuevo: ¿Qué quiso decir? Cuando el fallo lo dice.

-¿Aquí está en juego también una interpretación o forma de ver la ley?

-Lo que yo creo es que aquí se han roto formas básicas del derecho. No es un problema de interpretaciones más rígidas o menos rígidas. La justicia obliga a que las partes a quienes va a afectar una decisión sean oídas previamente y en este caso se tomó una decisión respecto de personas a quienes no se oyó. No hay en el juicio un debate respecto de políticas generales y se decide sobre políticas generales, o sea, se decide sin oír.

-La tercera Sala argumenta que esto es algo generalizado y que por eso tiene que ser una solución generalizada.

-Hay un defecto grave, que es del legislador. Pero eso no justifica que la Corte Suprema exceda a su competencia. El hecho de que esté agobiada con un conjunto de recursos no justifica que haga políticas generales. No es tarea de los tribunales hacer políticas generales. Y esa interpretación es simplemente un error.

-¿Qué te parece esta propuesta de la comisión experta que de alguna forma limita el accionar de los tribunales en la creación de políticas públicas, porque para eso está el Ejecutivo y el Legislativo?

-Yo creo que es una norma absolutamente redundante, respecto de la tradición y del resto de las reglas. Al Poder Judicial no le compete eso. Y en el sistema jurídico chileno las competencias de los órganos son estrictamente aquellas que la Constitución y la ley confieren y el resto de los actos son nulos, y no obligan. Por lo tanto, me parece una norma redundante. Ahora, dado que ocurren casos como este de las isapres, bueno, a lo mejor la redundancia es sabia.

Por lo mismo no hay que decirle al Poder Legislativo que su tarea no es juzgar. No es necesario, porque no tiene competencia para juzgar. El sistema funciona sobre la base, no de decir lo que tú no puedes hacer, sino sobre la base de lo que tú puedes hacer. Y lo demás es nulo, insisto, y no se puede hacer ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias.

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