Convención: Cómo el FA apoyó los plebiscitos dirimentes tras la presión PC y el plan oficialista para ir a la Suprema

Sofía Gómez
Crédito: Agencia Uno.

El abogado Fernando Atria había dicho que los plebiscitos dirimentes podían generar la sensación de una “cocina” en la ciudadanía y el FA los rechazó en una segunda instancia el 23 de agosto. Pero este miércoles, a partir de una arremetida del PC, que levantó esta opción tras rechazarse el quorum de los 2/3, el bloque aprobó la iniciativa. Chile Vamos ya encomendó a algunos abogados redactar un recurso ante la Suprema por haberse violado la Constitución.

Qué observar. A través de una indicación presentada por el Colectivo Socialista, el Frente Amplio, Independientes No Neutrales y Chile Digno, la Convención Constitucional aprobó este miércoles la realización de plebiscitos dirimentes por 100 a favor, 51 en contra y 2 abstenciones lo que reemplazó por completo el texto original.

  • El PC, sin margen de acción para que se rechace el quorum de los 2/3 en la Convención, había apostado a hacer frente a esta norma a través de los plebiscitos intermedios. Vale decir, convocar a las urnas a la ciudadanía antes del plebiscito de salida y poder derribar votaciones de la constituyente que no sean de su agrado.

Lo que estipuló la Convención. Los requisitos para definir qué normas constitucionales podrían llegar a plebiscitarse ante la ciudadanía son aquellas que no alcancen el apoyo de los 2/3 de los 155 representantes de la constituyente, pero sí los 3/5.

  • La Secretaría Técnica de Participación Popular, en conjunto con la Mesa Directiva que dirige Elisa Loncón, realizará un listado de aquellas normas que podrían ser plebiscitadas y podrán someterse a votación en el pleno.
  • Aquellas normas que alcancen un quorum de 3/5 de los covencionales irían directamente al plebiscito dirimente. 
  • El artículo también establece que el plebiscito será de carácter obligatorio y quienes tengan entre 16 y 18 años de edad podrán votar de forma voluntaria. 

El giro del Frente Amplio. En principio, el FA no estaba de acuerdo con la iniciativa. El abogado Fernando Atria explicó que no apoyaba el mecanismo de plebiscitos dirimentes y votó en contra de este en la subcomisión de Reglamento, el pasado 18 de agosto.

  • Además, en una segunda instancia, el 23 de agosto, las convencionales Tatiana Urrutia y Constanza Shonhaut, quienes también forman parte del FA e integraron la Comisión de Participación Popular, votaron en contra de esta propuesta.

Lo que dijo Atria. El abogado defendió entonces su postura contra los plebiscitos argumentando que podían generar la sensación de una “cocina” en la ciudadanía.

  • “Si se le añaden condiciones eso puede llevar a que tengamos una regla que suponga plebiscitos eventuales, es decir plebiscitos como mecanismos de desbloqueo que pueden ocurrir o no. Yo creo que eso, que la Convención anuncie en el día uno con bombos y platillos que hay la posibilidad de plebiscitos eventuales y después resulte que porque el problema del bloqueo no se suscitó, el plebiscito no se va a realizar… yo creo que ese es un escenario imposible para la Convención”, dijo.
  • “Ese es un escenario que va a ser visto como que, mediante a algún acuerdo o determinada cocina se le escatimó al pueblo un derecho que ya se le había anunciado de proponer un plebiscito. Entonces yo creo que la cuestión del plebiscito es una cuestión que puede ser discutida por cierto, pero que es más delicada y que puede tener más efectos que los que uno pueda apreciar, como para simplemente en dos líneas y medias darla por zanjado”, añadió.

La arremetida del PC. Por esos días, al interior de la Convención, el tema volvió a tensionar la relación con el PC. Desde el partido le hicieron ver al FA en distintas reuniones, su molestia con la negativa pública de Atria a los plebiscitos, antes de conversar una salida o buscar un acuerdo. Sobre todo considerando que forman parte de una misma coalición que esta compitiendo por llegar juntos al Gobierno.

  • El FA votó este miércoles a favor de los plebiscitos dirimentes, en momentos en que parte del comando de Boric tiene una mala evaluación de los conflictos del PC y los frenteamplistas al interior de la Convención, dada la señal contraria a la gobernabilidad que intenta proyectar el candidato en su campaña.
  • El FA, de todas formas, levantó la condición de que los plebiscitos dirimentes quedaran en manos de una reforma constitucional en el Congreso, lo que finalmente ocurrió. Para algunos se trata de un requisito muy difícil de viabilizar en el Parlamento.

La postura de Chile Vamos. Al concluir la sesión, Chile Vamos advirtió posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema al violarse el acuerdo del 15 de noviembre de 2019 -que estipulaba que la Convención se regiría por un quorum de 2/3- y las reglas establecidas en la Constitución.

  • Al respecto, el convencional Rodrigo Álvarez (UDI) señaló que se encontraban “elaborando los documentos necesarios para poder presentarnos ante toda instancia, y en este caso ante la Corte Suprema de ser necesario a partir de las definiciones que tomaremos en los próximos días”. 
  • Álvarez además sostuvo que el plebiscito dirimente es una grave violación de la Constitución y que, por lo mismo, deben “analizar profundamente las transgresiones constitucionales” con un equipo jurídico para luego recurrir a la Suprema.
  • La convencional Marcela Cubillos añadió: “Estamos junto a un grupo de abogados elaborando y trabajando en un escrito que esperamos juntar las firmas necesarias para recurrir”. 
  • Chile Vamos requiere de 39 firmas para ir a la Suprema, pero existen 37 de los convencionales del sector.
  • Un amplio grupo de convencionales oficialistas ya está por recurrir al Máximo Tribunal y en las próximas horas se verá si el sector irá en bloque a los tribunales.

Las otras objeciones oficialistas. En la derecha consideran que para realizarse uno o más plebiscitos dirimentes se necesitarían varias reformas, para dar competencias al Servel y el Tricel, por ejemplo, y se requeriría cambiar la norma constitucional que establece que solo el Presidente de la República puede convocar a un plebiscito.

  • Cubillos, a través de Twitter, indicó: “Plebiscito intermedio viola lo aprobado en octubre pasado instalando un bypass a los 2/3 que pasan a ser de papel. Apoyo, desde ahora, recurso para ir a Corte Suprema y dejar constancia histórica que al menos intentamos defender la legitimidad de este proceso”. 

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