Octubre 27, 2023

[Confidencial] Proyecto Zoccalo: Alcaldesa de Vitacura Camila Merino sufre revés judicial con concesionaria de estacionamientos

Alexandra Chechilnitzky
Créditos: Agencia Uno.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un reclamo de ilegalidad presentado por la Concesionaria Estacionamientos Municipales de Vitacura S.A. en contra del municipio. La solicitud se realizó luego de que la alcaldesa Camila Merino (Evópoli) pusiera término anticipado al contrato firmado en 2007. El municipio interpondrá un recurso de casación ante la Corte Suprema. 


En marzo del año pasado, el concejo municipal de Vitacura definió poner término anticipado al contrato de concesión para la construcción, explotación y mantención de estacionamientos subterráneos en dicha comuna. En concreto, se trataba de un proyecto ubicado en calle Alonso de Córdova que consideraba una inversión de US$ 23 millones con la habilitación de 512 estacionamientos en un plazo de construcción de 36 meses.

Por lo anterior, el 11 de mayo de 2022 se presentó el decreto alcaldicio N°4/814 dictado por la edil Camila Merino (Evópoli), el que ponía fin anticipado al proyecto debido a a supuestos incumplimientos de la empresa al no dar inicio a la explotación dentro del plazo de 36 meses desde la aprobación del proyecto. Y a finales de ese mismo mes, el 30 de mayo, la concesionaria interpuso un reclamo de ilegalidad contra la Municipalidad.

Ahora, casi un año y medio después, la Corte de Apelaciones de Santiago falló en contra de la Municipalidad liderada por Merino y acogió el reclamo de ilegalidad en contra del decreto alcaldicio, el que fue invalidado por la Corte. Además, el municipio deberá pagar las costas del juicio y la empresa “tiene derecho a accionar por los perjuicios que se le hubieren ocasionado, para lo cual deberá ejercer las acciones declarativas pertinentes ante los tribunales ordinarios competente”, dice el fallo.

Esto último quiere decir que los representantes del proyecto pueden demandar para obtener reparación civil, considerando que en el reclamo de ilegalidad la empresa solicitaba que se le indemnizara “los perjuicios que le ha provocado la actuación de la Municipalidad”.

El proyecto Zoccalo se remonta al 21 de julio de 2006, cuando se aprobaron las bases administrativas de la licitación con la que se convocó a la contratación de un concesionario por un plazo de 40 años, el que fue adjudicado el 7 de marzo de 2007 a la Concesión Estacionamientos Municipales de Vitacura S.A.

Pero no fue hasta el 22 de abril de 2016 que la concesionaria presentó un proyecto de estacionamientos subterráneos. En todo caso, según las bases de licitación, tenía 10 años para hacerlo. Dicho proyecto fue aprobado un año después. De ahí que comenzaban a correr los 36 meses, pero antes de que ese plazo se cumpliera, en noviembre de 2017 la concesionaria presentó una propuesta de financiamiento compartido “del mayor costo que involucraría el traslado de las redes de servicio para el desarrollo del proyecto”.

Y es a la espera de esta respuesta por parte de la Municipalidad que la concesionaria apela un retraso en el inicio de las obras. “Esta Corte advierte claramente la contradicción de la Municipalidad en su actuar, en resoluciones anteriores y en el Decreto impugnado, cambiando su posición jurídica a una completamente opuesta, actitud que lógicamente provoca un perjuicio a la reclamante, quien razonablemente confió en que dicha posición no cambiaría, de tal manera que resulta ilegal utilizar dicha nueva posición jurídica como argumento para terminar el contrato de Concesión y rechazar el reclamo de la Concesionaria”, dice el fallo.

Desde el municipio señalaron a Ex-Ante que “luego de analizado el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, se ha estimado que existen fundamentos y méritos suficientes para la interposición de un recurso de casación en el fondo, para que la Corte Suprema, conociendo del asunto, revoque la sentencia dictada en este proceso”.

Con todo, este hecho se suma a la revisión por parte de la Contraloría del sistema de pago de estacionamientos a cargo de la empresa Simple Park, también en calle Alonso de Córdova en la comuna de Vitacura.

Lea el fallo completo acá: 

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