Diciembre 3, 2024

Cómo será el Ministerio de Seguridad Pública que se consensuó en el Congreso (y los cambios en Interior)

Manuel Izquierdo P.
Imagen: Agencia Uno.

Con 35 votos a favor, el Senado aprobó este martes el proyecto que crea el Ministerio de Seguridad Pública. La iniciativa fue trabajada desde agosto por una comisión mixta de senadores y diputados, y contiene 28 artículos, además de modificaciones a la ley del Ministerio del Interior y 11 disposiciones transitorias. La repartición tendrá como prioridad el resguardo de la seguridad y el orden público, la prevención del delito, y la atención y asistencia a víctimas, e implicará la creación de una nueva institucionalidad, junto con cambios en Interior.


Qué observar. Este martes, la sala del Senado aprobó por 35 votos a favor, cinco en contra y dos abstenciones el proyecto de ley que crea el nuevo Ministerio de Seguridad Pública. Ahora, la iniciativa que se transformó en la propuesta estrella de la titular de Interior, Carolina Tohá, pasará a la Cámara de Diputados, donde será votada este miércoles desde las 10:00 horas.

  • Desde la testera, Tohá respiró aliviada y celebró su triunfo, que calificó como “un paso muy importante en el enfrentamiento de la crisis de seguridad y el mejoramiento del funcionamiento del centro de gobierno. Es un paso que requiere muchos pasos más”. Entre ellos, nombró la dictación de un decreto con fuerza de ley que regulará la conformación de la nueva repartición.
  • “Hay muchas otras reformas que se podrían hacer para mejorar la institucionalidad. Este proyecto es un paso positivo en ese sentido, porque vamos a darle a la seguridad una institución dedicada exclusivamente a ello y con muchas innovaciones respecto a un ministerio tradicional”, agregó.
  • La ministra añadió que otro de los objetivos será que Interior “recupere su rol histórico, que ha sido muy postergado en el último tiempo, lo que va a ser un aporte a un mejor funcionamiento global del Gobierno”.
  • El informe de la comisión mixta aprobado por el Senado fue trabajado desde agosto por un grupo de diputados y senadores. Contiene 28 artículos, además de modificaciones a la ley del Ministerio del Interior y 11 disposiciones transitorias.

A continuación, las principales definiciones y los cuestionamientos al proyecto:

Ministerio de Seguridad Pública. “Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente o Presidenta de la República en materias relativas al resguardo, mantención y promoción de la seguridad pública y el orden público, la prevención del delito y, en el ámbito de sus competencias, la protección de las personas en materias de seguridad, actuando como órgano rector y concentrando la decisión política en estas materias”.

Funciones. “Planificar, diseñar, formular, coordinar, sancionar, supervisar y evaluar las políticas, planes y programas relativos tanto a las materias indicadas en el inciso precedente, como las relacionadas con atención y asistencia a víctimas”.

  • “Deberá formular estrategias de prevención y combate del delito, las que deberán considerar, entre otros, el combate al crimen organizado y actos terroristas”.
  • Entre sus funciones está velar por el resguardo de la seguridad pública, el orden público, la prevención del delito, y la atención y asistencia a víctimas. Además, de “promover y diseñar medidas tendientes a prevenir delitos”, “elaborar una estrategia nacional contra el terrorismo que aborde el fenómeno delictual integralmente” y “formular, diseñar y evaluar las políticas y estrategias nacionales tendientes a prevenir y combatir el crimen organizado nacional y transnacional, el narcotráfico y los actos terroristas”.
  • También, deberá preocuparse del resguardo de fronteras, la ciberseguridad y la regulación de la seguridad privada. Asimismo, entre sus funciones estará “controlar las actuaciones de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en los ámbitos administrativos y financieros, así como supervisar la gestión policial en los ámbitos estratégicos y operativos, a través de sus respectivos mandos policiales”.
  • El titular de Seguridad Pública tendrá entre sus funciones principales la coordinación del sistema de seguridad y deberá proponerle al Presidente la Política Nacional de Seguridad Pública.

Carabineros y PDI. El proyecto establece que las Fuerzas de Orden y Seguridad, “en su calidad de instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, obedientes y no deliberantes”, dependerán del Ministerio de Seguridad Pública y ya no del Ministerio del Interior.

  • El ministro podrá, entre otras cosas, asesorar al Mandatario en la conformación de los altos mandos, aprobar los planes estratégicos de ambas instituciones, requerir información de los altos mandos, y dictar orientaciones técnicas para las instituciones.

Nueva institucionalidad. La norma crea el Sistema de Seguridad Pública, que agrupará a instituciones públicas y privadas bajo la coordinación del ministerio. Además, establece el Consejo Nacional de Seguridad Pública y el de Prevención del Delito, que asesorarán a la repartición, y tendrán una versión regional. Esta última, será presidida por el delegado presidencial respectivo y tendrá como secretario al Seremi.

  • Se crea, también, el Centro Integrado de Coordinación Policial que propenderá la entrega de información y la identificación de situaciones de riesgo. Estará encabezado por un oficial general de Carabineros o la PDI. Asimismo, se contemplan los Consejos Comunales de Seguridad Pública.
  • A nivel interno, se constituye la Subsecretaría de Seguridad Pública y se traspasa desde Interior la de Prevención del Delito.

Política Nacional de Seguridad. La normativa encarga al nuevo ministerio la creación de la Política Nacional de Seguridad Pública, que determina las orientaciones y objetivos del Estado en esas materias, además de los medios para llevarlos a cabo y los análisis de prevención del delito.

  • La política será aprobada cada seis años por el Presidente de la República y considerará la información que provean los Consejos de Seguridad Pública y los Planes Comunales de Seguridad Pública.

Polémica con gobernadores. Este martes, un grupo de gobernadores regionales se reunió con Tohá para mostrar su disconformidad con la norma, que entrega mayor poder a los delegados presidenciales, transformados en coordinadores en materia de seguridad y superiores de los Seremi de Seguridad. Así, los delegados quedan en una posición similar a la de los intendentes.

  • A juicio de los gobernadores, la reforma debilita el proceso de descentralización. Ese diagnóstico los llevó a realizar gestiones con senadores para rechazar el informe o pedir el envío de un veto presidencial. Sin embargo, no existió el apoyo suficiente en el Congreso. El Consejo Asesor para la Política de Descentralización también advirtió que el proyecto “fortalece el centralismo”.
  • Tohá aseguró en el Senado que “hay un debate pendiente de cómo terminar de resolver la institucionalidad de la descentralización, pero no le pidamos al proyecto de ley del Ministerio de Seguridad que resuelva ese tremendo debate. No es el lugar para zanjarlo y es necesario zanjarlo”. Además, afirmó que “el Gobierno de Chile no es partidario de que la seguridad pública se descentralice”.

El rol de Interior. La reforma saca de las materias propias del Ministerio del Interior lo relacionado con seguridad y prevención del delito, y agrega que “será el encargado de coordinar políticamente los distintos ministerios, para el logro de los objetivos gubernamentales”.

  • Ese rol ha generado críticas desde la oposición, donde se apuntó que esta modificación consagra al titular de Interior como una suerte de “primer ministro” o “jefe de Gobierno”, al estar a cargo de la coordinación política del gabinete.
  • Tohá respondió que “lo que tenemos acá es un Ministerio del Interior que tiene el rol de articular y coordinar a los demás, pero no es su jefe, ni tiene un rango superior, ni los manda, sino que se hace cargo de que gran parte de los desafíos de política pública que tiene un país en los tiempos modernos son desafíos intersectoriales”.

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