Comisión Experta: la fórmula acordada entre el oficialismo y la oposición para evitar un nuevo bochorno en la elección del fiscal nacional (lea el documento)

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La ministra Carolina Tohá junto al abogado Ángel Valencia el 9 de enero en el Senado en Valparaíso. (Leonardo Rubilar / Agencia Uno)

El abogado Ángel Valencia fue ratificado en enero como fiscal nacional, luego de que el Senado rechazara a los 2 postulantes previos de La Moneda y generara 2 situaciones inéditas desde la instalación de la reforma procesal en Chile en el 2000: el rechazo del candidato presidencial en la Cámara Alta y la renuncia de postulantes incluidos en la quina elegida por la Corte Suprema. Ambas situaciones fueron abordadas por la subcomisión de Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos del Comisión Experta que propuso partir el proceso con 90 días de anticipación, con un concurso público y bajando el quorum de aprobación en el Senado.


Qué observar. El 9 enero, el abogado Ángel Valencia obtuvo los 2/3 de votos favorables que requería en el Senado para convertirse en el sucesor de Jorge Abbott como fiscal nacional.

  • Los 40 votos favorables obtenidos por Valencia —que requería de 30— fueron un alivio para La Moneda que, en forma inédita desde la instalación de la reforma procesal penal el año 2000, había enfrentado 2 derrotas sucesivas en el Senado en la elección del cargo: con el fiscal José Morales y luego con la entonces jefa de la unidad anticorrupción del Ministerio Público, Marta Herrera.
  • La ministra Carolina Tohá de Interior fue quien presentó a Valencia a la comisión de Constitución, para “cerrar este capítulo”, dijo.
  • Un capítulo que, por una parte, mostró las debilidades del gobierno para alinear a los senadores de su sector y, por otra, expuso las dificultades para resolver 2 situaciones: el rechazo del candidato presidencial en la Cámara Alta y la renuncia de postulantes incluidos en la quina elegida por la Corte Suprema. La segunda situación, no contemplada en la ley, fue resuelta por el pleno del máximo tribunal.
  • Ambos rechazos ocurrieron, a su vez, en un ambiente crítico de este proceso, dadas las reuniones sostenidas por Jorge Abbott con parlamentarios oficialistas y de oposición tras ser postulado a fiscal nacional en 2015 por la entonces Presidenta Michelle Bachelet.
  • De esas situaciones buscó hacerse cargo la subcomisión de Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos del Comisión Experta, encabezada por la abogada Catalina Salem (representante de RN) e integrada además por Leslie Sánchez (representante del PPD y el partido Liberal), Domingo Lovera (Revolución Democrática), Paz Anastasiadis (DC), Hernán Larraín (UDI) y Katherine Martorell (RN), quien impulsó la norma de Defensoría de las Víctimas.
  • Tanto los representantes del oficialismo como de la oposición propusieron que el proceso comenzara 90 días antes de que se encontrara vacante el cargo, a través de un concurso público que deberá ser determinado vía ley.
  • También estipularon una disminución del quorum con el que el Senado deberá aprobar al postulante elegido por el mandatario, a partir de una quina elegida por la Suprema.
  • Además, establecieron procedimientos en caso de que ocurran las 2 situaciones acontecidas en la última elección: el rechazo del candidato de La Moneda y la renuncia de postulantes.
  • La propuesta ingresada el jueves por la noche deberá ser votada la próxima semana por el pleno. A ésta se podrán ingresar enmiendas sobre aspectos que no generen consensos.

Qué dice la propuesta de la subcomisión. El artículo 4, en su primer punto, establece que “el Fiscal Nacional es la autoridad superior del Ministerio Público, de quien dependerán jerárquica y directamente los fiscales regionales y los fiscales adjuntos”.

  • Baja en el quorum. El punto 2 fija la baja del quorum para su aprobación en el Senado, que pasaría de 2/3 (66,6%) a 3/5 (60%): “El Fiscal Nacional será designado a propuesta del Presidente de la República, con acuerdo del Senado adoptado por tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto”.
  • Concurso público. También se incorpora la figura de un concurso público, cuyas características deberán ser fijadas por la ley: “El Presidente realizará la propuesta en base a una quina elaborada por la Corte Suprema, sobre un listado de quince candidatos que le haga llegar el sistema de concurso público que determine la ley”.
  • En caso de rechazo del postulante. “Si el Senado no aprobare la proposición del Presidente de la República, la Corte Suprema volverá a completar la quina mediante votación entre los candidatos restantes. De rechazarse nuevamente la propuesta del Presidente en el Senado, se repetirá el procedimiento sucesivamente”.
  • Votación en la Suprema. “La quina elaborada por la Corte Suprema se formará en una misma y única votación en la cual cada integrante del pleno de la Corte Suprema tendrá derecho a votar por tres personas, resultando electas las cinco primeras mayorías. De producirse un empate, se dirimirá mediante sorteo”.
  • En caso de renuncia. “En caso de renuncia de alguno de los postulantes incorporados en la quina, la Corte Suprema deberá proponer dentro del listado presentado por el sistema de concurso público que determine la ley, un nuevo nombre en sustitución del renunciado”.
  • Proceso realizado con anticipación. “El proceso de elección del Fiscal Nacional deberá comenzar 90 días antes de que se encuentre vacante su cargo”.

Lea la propuesta de la subcomisión:

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