Pese al rechazo de Chile Vamos, la constituyente aprobó la posibilidad de que uno de sus integrantes dirima ante el pleno y que sea reemplazado por el compañero de lista más votado del mismo género. La reforma debe ser aprobada ahora por el Congreso. La actual normativa, sin embargo, establece que solo pueden “renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional”.
Qué pasó: La Convención Constitucional aprobó esta jornada el artículo 28 y 29 del reglamento que establecen la posibilidad que un convencional pueda renunciar ante el pleno y una serie de mecanismos de reemplazo que incluyen que un independiente también pueda ser sucederlo.
Qué dice la Constitución: La aprobación de este mecanismo generó un intenso debate, ya que la reforma al capítulo XV de la Constitución -que rige el trabajo de la Convención- establece que a los constituyentes se les aplica la mismas reglas de renuncia y reemplazo que a los diputados y senadores.
Los argumentos a favor. La nueva norma para reemplazar a los convencionales -en la que existía un vacío legal- contó con la aprobación del FA y la ex Concertación. Se trataba, según dijeron algunos de sus constituyentes, de entregar una señal política para marginar a Rojas Vade y que sea el Congreso el que lleve adelante la reforma.
Los argumentos en contra. En Chile Vamos aseguran que la gravedad de esta norma de reemplazo no está tanto en el contenido, sino en en el hecho de que contraviene la norma constitucional.
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