El Ejecutivo aprobó este miércoles una reducción gradual del impuesto de Primera Categoría desde 27% a 23%. El proyecto también repone la integración tributaria y establece invariabilidad para las grandes inversiones. La iniciativa quedó a un paso de convertirse en ley. Solo falta que el próximo martes la Cámara apruebe los cambios realizados por el senado.
Qué observar. La megarreforma de Reconstrucción Nacional, impulsada por el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, fue aprobada en particular este miércoles por la Sala del Senado.
- El Gobierno contó con una base de 26 votos oficialistas que le permitió aprobar las principales disposiciones del proyecto, entre ellas la rebaja del impuesto corporativo, la reintegración del sistema tributario y el estatuto de invariabilidad para las grandes inversiones.
- Luego de ser despachada por la Cámara Alta, la iniciativa deberá volver el próximo martes a la Cámara de Diputados para su tercer trámite constitucional. Los diputados se pronunciarán sobre los cambios introducidos por el Senado.
- El Ejecutivo cuenta con los votos del Partido de la Gente para que la Cámara ratifique esas modificaciones y así evitar que las diferencias entre ambas corporaciones deban ser resueltas en una comisión mixta.
Cómo quedó la rebaja tributaria. El corazón de la reforma continúa siendo la reducción del impuesto de Primera Categoría desde el 27% actual hasta 23%. La iniciativa fue aprobada a las 22:43 horas por 26 a favor y 24 en contra.
- La disminución será gradual. La tasa permanecerá en 27% para las rentas obtenidas durante 2026, bajará a 25,5% en 2027, a 24% en 2028 hasta llegar a 23% en 2029.
Reintegración e invariabilidad. El segundo cambio tributario estructural es la reintegración del sistema. La reforma permitirá que los propietarios de las empresas puedan utilizar completamente como crédito el impuesto de Primera Categoría pagado por la compañía cuando deban cancelar sus impuestos personales. La iniciativa fue aprobada por 26 a favor 24 en contra a las 22:48 horas.
- La obligación de restituir parte de ese crédito se reducirá gradualmente hasta desaparecer en 2030. El Gobierno sostiene que la reintegración eliminará una desventaja para la inversión nacional, mientras la oposición plantea que el beneficio se concentra principalmente en los propietarios de las empresas de mayores ingresos.
- La invariabilidad tributaria también sobrevivió a la negociación, aunque fue acotada respecto del proyecto original. La propuesta inicial entregaba 25 años de estabilidad a las inversiones superiores a US$50 millones.
- El texto, aprobado a las 00:52 horas por 26 a favor 23 en contra y 1 abstención del senador Pedro Araya en el Senado, establece períodos diferenciados de 10, 15 y 20 años, dependiendo del monto de la inversión. Las empresas que se acojan al régimen deberán pagar una sobretasa de 1,5 puntos porcentuales sobre el impuesto corporativo. Parlamentarios de oposición hicieron reserva de constitucionalidad y preparan una presentación ante el Tribunal Constitucional.
- Otro de los ejes de la reforma es la exención del pago de contribuciones para la primera vivienda de las personas mayores de 65 años. La disposición fue aprobada a la 23:12 horas por 28 votos a favor y 22 en contra. Se sumaron al oficalismo los senadores Pedro Araya y Karin Bianchi.
El crédito al empleo. Otro de los principales ajustes fue la eliminación del crédito general a la contratación incluido inicialmente en el proyecto.
- La versión del Senado lo focalizó en las empresas exportadoras de servicios basados en el conocimiento y la economía digital. El crédito será equivalente al 15% de la parte de las remuneraciones vinculada a la actividad exportadora, tendrá incrementos para trabajadores de regiones y zonas rurales y un máximo de 75 UTM por trabajador. Su costo estimado para 2027 cayó cerca de 93% respecto del diseño original.
- El proyecto también mantiene la exención del pago de contribuciones para la primera vivienda de los mayores de 65 años y establece una compensación anual de 1,5 millones de UTM para el Fondo Común Municipal.
- Además, se incorporó un crédito tributario de hasta 150 UTM para las empresas que financien tratamientos de enfermedades catastróficas de sus trabajadores, cónyuges o convivientes civiles. Para acceder al beneficio, el trabajador deberá tener al menos dos años continuos en la empresa.
Una historia de alzas. El alcance histórico de la reforma se entiende al revisar la trayectoria del impuesto corporativo desde el retorno a la democracia.
- En 1989, la tasa nominal era de 10%, pero el tributo operaba sobre las utilidades retiradas. Las ganancias que permanecían dentro de las empresas no pagaban impuesto de Primera Categoría.
- La reforma del gobierno de Patricio Aylwin restableció en 1990 la tributación sobre las utilidades devengadas y elevó la tasa a 15%. Aunque originalmente fue presentada como transitoria, terminó consolidándose como permanente.
- Durante el gobierno de Ricardo Lagos, la Ley 19.753 elevó gradualmente la tasa: a 16% en 2002, 16,5% en 2003 y 17% desde 2004.
- Tras el terremoto de 2010, el primer gobierno de Sebastián Piñera la subió transitoriamente a 20% para 2011 y fijó una tasa de 18,5% para 2012, con un retorno previsto a 17%. Pero en 2012 el propio Ejecutivo aprobó una nueva reforma que dejó permanentemente el impuesto en 20%.
- Michelle Bachelet volvió a elevarlo desde 2014: primero a 21%, luego a 22,5% y a 24%. El régimen parcialmente integrado llegó a 25,5% en 2017 y a 27% desde las utilidades obtenidas en 2018.
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