Si el camión cumplía con las normas de transporte de cargas peligrosas; si el conductor estaba en buenas condiciones durante el viaje y si al momento del accidente iba a exceso de velocidad, son parte de las interrogantes que se busca dilucidar. También, cómo y por qué ocurrió la fisura del estanque que habría dado paso a la ignición y si hubo responsabilidad penal de la empresa Gasco. A continuación, los detalles.
Seguridad del viaje. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) trabaja para esclarecer si el camión de cisterna de Gasco, protagonista de la tragedia del jueves que dejó al menos cuatro muertos tras una explosión de gas licuado, cumplía o no con las normas de transporte de cargas peligrosas, y si tenía las revisiones técnicas y certificaciones de gas al día.
- Para ello, el personal de la SEC trabaja desde el jueves en dos puntos: el lugar de la Ruta 5 en el sector empalme con General Velásquez donde ocurrió la tragedia, y las instalaciones de Gasmar en Quintero, donde comenzó el viaje, para verificar los registros de carga del camión. El destino de la máquina era la planta de Maipú de Gasco.
- Fuentes de la Superintendencia dijeron que, de acuerdo con los antecedentes recabados, el camión fue inscrito ante la SEC el año 2019, y al tanque se le realizó su inspección periódica el año 2024, tal como lo exige la normativa. El conductor, por su parte, contaba con su respectiva y vigente licencia de conducir profesional.
- El decreto 298 del Ministerio de Transportes establece que el camión debía tener máximo 15 años de antigüedad, rótulos visibles que explicitaran que transportaba cargas peligrosas, tacógrafo y sistema radial o celular.
- Exceso de velocidad. La fiscal Macarena Cañas apuntó al exceso de velocidad del conductor, quien murió en el accidente, como la principal hipótesis de la tragedia.
- “De acuerdo a las cámaras que se han obtenido, la responsabilidad estaría radicada en el chofer de un camión de la empresa Gasco, que pierde el control del vehículo, probablemente a exceso de velocidad, y causa un choque en cadena con un segundo vehículo mayor”, dijo el jueves.
- El conductor. Pese a la muerte del conductor, la fiscalía indagará si lo ocurrido corresponde a un cuasidelito de homicidio.
- El decreto 298 detalla que “el conductor deberá examinar regularmente y en lugares adecuados, las condiciones generales del vehículo, incluyendo la condición de los neumáticos y la integridad de la carga, en aspectos tales como, existencia de pérdidas o fugas del producto, seguridad de las amarras y posicionamiento de los rótulos”.
- “Cuando ocurrieren alteraciones respecto de las condiciones iniciales del viaje capaces de poner en riesgo la seguridad de las personas, de los bienes o del medio ambiente, el conductor interrumpirá el viaje y tomará contacto con el transportista”.
- Qué pasó con el estanque. La SEC y la fiscalía indagan cómo ocurrió la filtración de combustible del estanque y si ésta fue sólo en ún área del cilindro, como establecen los protocolos de emergencia, o si se expandió.
- El delegado Gonzalo Durán dijo que ésta ocurrió luego de que la colisión del camión con otro vehículo lo arrastró hasta las barreras de contención al costado de la ruta, lo que fracturó el cilindro hermético diseñado para transportar líquidos volátiles. “(Con) el volcamiento de este camión que portaba gas licuado, al golpearse contra los ‘jersey’, se habría producido una fisura en la bombona”, dijo. Entonces, saltó una chispa y estalló.
- El decreto 298 establece que “el transportista o su representante antes de iniciar la operación de transporte, deberá inspeccionar el vehículo asegurándose de sus perfectas condiciones para el transporte para el cual se destina, con especial atención en el estanque, si se tratare de un vehículo de transporte de gases o líquidos a granel, carrocería y demás elementos que puedan afectar a la seguridad de la carga transportada”.
- Para establecer la fuga de combustible ocurrida se analizará, entre otros aspectos, la nube tóxica blanca que se extendió en segundos por la autopista.
- Eventual responsabilidad de la empresa. Gasco identificó en su declaración al conductor fallecido como empleado de la empresa. Ésta podría enfrentar responsabilidades penales en el caso, debido a la ley de delitos económicos número 21.595, originalmente de 2023, pero modificada en 2025.
- Según esta norma, si se demuestra que hubo una omisión grave en los deberes de cuidado (por ejemplo, si los directores sabían que los camiones no tenían mantención o que los choferes excedían jornadas laborales, o no se controlaban los estanques), podrían enfrentar cargos por cuasidelito de homicidio o lesiones, explican conocedores de la legislación.
- A esto se suma la ley de responsabilidad jurídica de la empresa, explicaron estas mismas fuentes.
- Fuentes de la SEC dijeron que los resultados de la investigación que se está desarrollando permitirán determinar eventuales responsabilidades de la empresa, de constatarse incumplimientos a la reglamentación de seguridad de vigente.
- Desde Gasco dijeron este viernes que “está en curso un análisis del accidente, de los protocolos aplicables y de los demás antecedentes del caso”.
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