Febrero 23, 2023

[Confidencial] Los errores geográficos que obligaron a Interior a retirar el decreto supremo sobre infraestructura crítica

Mario Gálvez

El documento, retirado ayer de la Contraloría General de la República, delimita Áreas de Zonas Fronterizas a resguardar por parte de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. Además, designa a los generales que se encontrarán a cargo de las áreas ya determinadas y da instrucciones sobre normas de control de orden público.


El Ministerio del Interior y Seguridad Pública debió retirar ayer de la Contraloría General de la República el Decreto Supremo Nº 78, del 21 de febrero de 2023, que delimita Áreas de Zonas Fronterizas a resguardar por parte de la Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

Este había sido ingreso a las 20:35 hrs. del martes pasado, pero fue retirado mediante oficio N° 5225, de 22 de febrero, de la misma cartera.

El documento, que está relacionado con la modificación constitucional que estableció la infraestructura crítica, contiene graves errores relacionados con definiciones geográficas en las áreas que se podrán ejercer la fiscalizaciones “con el propósito de contribuir en el control migratorio y la detección de crímenes o simples delitos y faltas”.

En el artículo primero, que describe las zonas fronterizas a proteger, en lo relacionado a la Región de Antofagasta, señala a “la provincia de Ollagüe” y a la “provincia de San Pedro de Atacama”. Ambas localidades son comunas ubicadas en la provincia de El Loa.

Al mediodía, en la Cámara de Diputados había una notoria molestia por lo ocurrido entre los parlamentarios del norte, pues consideran que estos errores provocarán más demora aún en la instalación de las Fuerzas Armadas en las zonas fronterizas. Incluso, había algunas revisiones más profundas del texto, pues fueron detectadas varias descripciones discordantes y poco claras, como en el caso del control de identidad.

Se consultó a la Subsecretaría del Interior por las razones del retiro del DS, pero hasta cierre de esta nota no hubo respuesta.

Lea íntegro el Decreto Supremo Nº78:

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