Febrero 5, 2023

Pensiones e indultos: Transparencia en la discrecionalidad. Por María Jaraquemada

Directora Ejecutiva de Chile Transparente
Foto: Agencia Uno.

Si queremos luchar efectivamente contra la corrupción, necesitamos menos monopolio de las decisiones, menos discrecionalidad y más rendición de cuentas. Con más información es más fácil entender el porqué de ciertas decisiones e ir fortaleciendo la confianza en nuestras instituciones, tarea urgente a la que debemos abocarnos.


En plena dictadura la Junta de Gobierno aprobó la Ley Nº 18.056 que establece normas Generales sobre Otorgamiento de Pensiones de Gracia por el Presidente de la República.

Básicamente lo que se dispone es que la máxima autoridad del país puede determinar el otorgamiento de este beneficio en cuatro casos: a personas que hubieren prestado servicios distinguidos o realizado actos especialmente meritorios en beneficio importante del país, más allá de su personal deber; a aquellas afectadas por accidente o catástrofe, respecto de las cuales existan circunstancias extraordinarias que lo justifiquen; a quienes se encuentren incapacitadas o con graves e insalvables dificultades para ejercer labores remuneradas que les permitan su subsistencia y la del grupo familiar que viva a sus expensas, en razón de enfermedad, invalidez, vejez o cualquier otra causa debidamente justificada.

El último grupo es a aquellas personas que no cumplan los requisitos anteriores, por decreto fundado del Presidente, es decir se le da mayor discrecionalidad.

¿En qué consisten estas pensiones? Tal como indica el portal estatal ChileAtiende, constan de un monto variable y fijado en ingresos mínimos y otorgada por un período definido o de manera vitalicia, con el objeto de asistir a personas en especiales condiciones de vulnerabilidad. Parece razonable. Personas que por circunstancias muy excepcionales no pueden proveer su subsistencia o de su familia.

Sin embargo, cada cierto tiempo este tipo de decisiones son criticadas o cuestionadas. Como han reportado algunos medios de comunicación, el gobierno ha entregado 419 pensiones a víctimas del estallido -de las 431 solicitadas-, particularmente en tres categorías: víctimas de agresiones físicas ($257.836 pesos); personas afectadas por lesiones graves con afectación psicológica ($386.754 pesos), y afectados por “trauma ocular irreversible” o lesiones “gravísimas no oculares” ($516.672 pesos). El listado no es público y ha levantado algunas preocupaciones en sectores de oposición.

No es el objeto de esta columna entrar a la discusión sobre si corresponde o no otorgar este tipo de pensiones, sino a la forma en que se adoptan y transparentan ciertas decisiones en la llamada “era de la transparencia y las redes sociales”. Nuestra legislación prevé que el Presidente de la República, como máxima autoridad de nuestro país, pueda adoptar ciertas decisiones de forma discrecional, como las pensiones de gracia y los indultos.

Se establecen algunos criterios mínimos, pero al final se deja la puerta abierta mientras se realice de modo fundado, es decir, se expliciten las razones que llevaron a esa decisión y que no sea por el mero capricho (otro tema es que podamos estar de acuerdo o no con las razones esgrimidas). En principio no suena problemático, seremos la ciudadanía quien luego podrá sancionar con su voto los actuares que le parezcan inadecuados de sus gobernantes.

El problema que se genera, a mi juicio, es que estas instituciones concebidas en dictadura y en momentos en que la publicidad y transparencia no eran principios rectores de la función pública, es que la ciudadanía cada día demanda más argumentación, más reglas claras y parejas, más información, más razonamiento y menos discrecionalidad.

Recordemos que la confianza en las instituciones políticas, incluido el gobierno, no gozan de su mejor momento. Esto nos lleva a plantearnos la posibilidad de “modernizar” -o eliminar- este tipo de facultades, con estándares más propios del siglo XXI. Una de estas posibilidades es mayor transparencia y rendición de cuentas, por ejemplo, conocer los casos en que se otorgan estos beneficios, cómo se cumplen con los requisitos y por qué la autoridad decidió concederlos.

Al no conocer la identidad de las personas favorecidas, se dificulta el control social, la rendición de cuentas y la verificación por parte de los medios, parlamentarios y ciudadanía de si efectivamente correspondía o no otorgarlos.

Lo anterior no es antojadizo. Nuestro país ha conocido fraudes o abusos previos en materia de otorgamiento de beneficios, como el caso de falsos exonerados, denunciando por los propios representantes de este grupo represaliado. Es por esta misma razón que la Ley de Transparencia ha establecido desde 2009 que la nómina de las personas que reciben beneficios y subsidios por el Estado debe publicarse mensualmente, salvo por datos sensibles. Es decir, ahí donde hay recursos públicos y puede haber cierta discrecionalidad en la toma de decisiones, requerimos más publicidad y transparencia.

Como señala el profesor Klitgaard, si queremos luchar efectivamente contra la corrupción, necesitamos menos monopolio de las decisiones, menos discrecionalidad y más rendición de cuentas. Con más información es más fácil entender el porqué de ciertas decisiones e ir fortaleciendo la confianza en nuestras instituciones, tarea urgente a la que debemos abocarnos.

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