Ingresos clandestinos. Se observa que la promesa de detener los ingresos clandestinos en 6 meses no ha sido efectiva, toda vez que desde abril se mantiene un alto flujo de ingresos, 38 mil en todo el año, lo que, proyectado para el año completo, y en meses con mejor clima y con la promesa de regularizaciones realizada en el Senado, se espera que el año 2022 sea el año con más ingresos clandestinos de la historia reciente. En ese sentido, las promesas realizadas en campaña no fueron cumplidas.
Expulsiones. Las expulsiones judiciales son las que, determinadas por un tribunal, son sustituciones de penas a extranjeros condenados por sentencias menores a 5 años. El Servicio de Migraciones tiene un mandato judicial, por lo tanto, está obligado a materializarlas y la actual administración ha materializado en 462 oportunidades, de las cuales 393 han sido a los países vecinos de Perú y Bolivia.
Reconducciones. A través de la resolución exenta N° 39.798 del 28 de abril, el Servicio Nacional de Migraciones determinó que no serían devueltos a Bolivia los ciudadanos extranjeros no bolivianos que ingresaran clandestinamente. Con ello, basado en los datos de PDI, las 50 reconducciones de extranjeros no bolivianos, entre ellos 38 ciudadanos venezolanos, realizadas en la ultima quincena de febrero, desde la implementación de la nueva ley de migraciones, bajó a 0, por la decisión del Servicio de Migraciones del Ministerio del Interior de no aplicar el proceso de reconducción.
Vivienda y espacios públicos. El compromiso de resolver el tema del alojamiento y malas condiciones habitacionales es complejo. Por un lado, se ve que las herramientas de fiscalización de arriendo y subarriendo abusivo entregados por la Ley 21.325 aún espera modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, dejando a los municipios sin capacidad de fiscalización en contra del hacinamiento.
Modificaciones normativas. Aún no se ingresa o se conoce la propuesta del Ministerio del Interior para simplificar los procesos de expulsión de la Ley N° 21.325 prometidos hace 7 semanas. A ello se suma la inexistencia de modificaciones normativas solicitadas en la implementación de esta ley y del Decreto que crea las Residencias Temporales, como el convenio con países vecinos para la implementación de las visas de trabajador de temporada, junto con los siguientes reglamentos:
Conclusiones. Viendo las promesas de cuotas, tratados internacionales, expulsiones administrativas, aviones para materializar expulsiones, control fronterizo, disminución de ingreso clandestino, solución en materia de vivienda y mejoras legislativas, y perdonazos para quienes ingresan de manera ilegal a nuestro país.
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