Febrero 15, 2024

Perfil: El juez Urrutia y su insólita autorización a presos de alta peligrosidad a hacer videollamadas desde la cárcel

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El juez Daniel Urrutia el 8 de noviembre de 2023 en Santiago. (Víctor Huenante / Agencia Uno)

El 22 de enero, el juez Daniel Urrutia ordenó a Gendarmería autorizar que 9 internos del Repas —ex Cárcel de Alta Seguridad— realizaran videollamadas a familiares y parejas. La decisión alertó a la institución, ya que era inviable controlar que terceros intervinieran en los llamados por video. Presentaron un recurso de hecho en la Corte de Apelaciones de Santiago, actualmente en tramitación. El argumento dado por Gendarmería fue que había un riesgo, porque en el recinto hay presos “que pertenecen a bandas criminales organizadas”. Urrutia afirmó que si no se cumplían las resoluciones judiciales “cerremos por fuera y que hagan todos lo que quieran”.


Qué observar. El 2 de febrero de 2024, el abogado Sebastián Ramírez presentó a nombre de la Dirección Metropolitana de Gendarmería de Chile un recurso de hecho en la Corte de Apelaciones de Santiago. El escrito estaba dirigido en contra de la resolución que declaró inadmisible la apelación de esa institución a una decisión del juez Daniel Urrutia, en un tema sensible para la seguridad: autorizar videollamadas desde la la ex Cárcel de Alta Seguridad (CAS).

  • La decisión del juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago se originó en una visita que Urrutia realizó en enero al Recinto Penitenciario de Alta Seguridad de Santiago (Repas), ex CAS, tras lo cual envió un oficio al alcaide del penal, ordenándole autorizar que 9 internos pudieran hacer videollamadas a sus parejas y familiares.
  • La decisión alertó a la institución, ya que era inviable controlar que terceros intervinieran en los llamados por video.
  • De acuerdo con el escrito de Gendarmería, el “22 de enero último, el Juez (…) ordenó a este Servicio autorizar una serie de peticiones formuladas por internos privados de libertad en la visita de cárcel llevada a cabo al Recinto Penitenciario Especial de Alta Seguridad (…) el día 19 de enero, convocando sobre la misma a una audiencia para el día 25 de enero para que la Institución diera cuenta de su cumplimiento”.
  • “El día 24 de enero, quien suscribe presentó un libelo en la causa solicitando (i) que el Magistrado se declarase incompetente de resolver las peticiones de 9 internos por estar actualmente ventilándose los respectivos procesos penales ante diversos Juzgados de Garantía; (ii) reponiendo respecto de la autorización a cuatro privados de libertad a mantener visitas a través de videollamadas y la autorización a un interno de recibir visitas íntimas; y (iii) apelando en subsidio al recurso de reposición, solicitudes que fueron rechazadas”.
  • Tras la presentación del recurso —dado a conocer por Mega— la Corte dictó una orden de no innovar, que suspendió la aplicación de la medida.
  • El ministro Juan Cristóbal Mera ordenó el 13 de febrero al Séptimo Juzgado de Garantía remitir copia de la resolución impugnada, para fallar sobre el fondo.

Por qué Gendarmería se opuso a la medida. El argumento principal citado en el escrito fue que “el hecho de que las personas encarceladas en el Repas (ex CAS) que pertenecen a bandas criminales organizadas y tienen una alta ascendencia dentro de sus pares puedan comunicarse libremente con terceros a través de videollamadas, pone en grave riesgo la seguridad del personal y de la población encarcelada”.

  • “Esto es particularmente grave pues, mediante una resolución judicial, se pretende establecer un Régimen Penitenciario excepcional, poniendo en jaque a la Administración Penitenciaria, a quien le asiste por mandato legal la responsabilidad de establecer el Régimen Interno de los Establecimientos Penitenciarios”.

Qué dijo el juez Urrutia de la autorización. “En relación a la videollamada, eso es una situación que debemos señalar, el Tribunal mantiene la orden de comunicación que se le efectúen videollamadas a las personas que lo solicitaron dentro del contexto de la visita y Gendarmería verá si lo cumple o no y es su responsabilidad”, dijo el juez Urrutia, mostró la transcripción de su resolución del 25 de enero.

  • “Las órdenes judiciales se cumplen (…), si no, al final lo que ordenen los jueces da lo mismo, y si da lo mismo mejor cerremos por fuera y que hagan todos lo que quieran”.

La trayectoria del juez Urrutia. Daniel David Urrutia Laubreaux, 49, ingresó el 31 de marzo del 2000 al Poder Judicial, donde cumplirá 24 años.

  • Fue juez de los juzgados de Garantía de Freirina (durante 2001); de Ovalle (durante 2003) y de Coquimbo (durante 2004). En 2006 llegó al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
  • El 8 de abril de 2004, la Corte Suprema autorizó a Urrutia, entonces juez de Garantía de Coquimbo, a asistir a un diplomado en Derechos Humanos. Urrutia aprobó el curso y el 30 de noviembre de ese año envió a la Corte Suprema su trabajo final, donde proponía al Poder Judicial adoptar medidas de reparación por su rol en las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Augusto Pinochet.
  • La Corte de Apelaciones de La Serena aplicó en marzo de 2015 una “censura por escrito” en su contra, que luego la Suprema bajó a una “amonestación privada” y en 2018 dejó sin efecto, pero presente en su hoja de vida.
  • La respuesta de Urrutia fue acusar en diciembre de 2005 una persecución en su contra y acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Más tarde pidió un permiso sin goce de sueldo, y permaneció en México entre 2009 y 2012. Hizo clases en la Universidad Autónoma de Chiapas, consignó entonces La Tercera, y generó redes de apoyo a nivel internacional.
  • “Manifestamos nuestra preocupación por la persecución judicial a la que está siendo sometido el juez chileno Daniel Urrutia Laubreaux, a quien en los últimos 2 años se le han instruido 7 sumarios administrativos por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago, afectando la independencia en el ejercicio de su función, por su defensa de los derechos humanos”, dijo una declaración del 25 de octubre de 2016 firmada por docenas de personalidades y organizaciones sociales mexicanas, reproducida entonces por El Mostrador.
  • El 6 noviembre de 2020 el tribunal internacional notificó que consideró al Estado de Chile responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la libertad de pensamiento y expresión y a las garantías judiciales del juez. Resolvió compensarlo con US$ 27 mil por concepto de daño inmaterial y reembolso de gastos de litigio, pero rechazó pagar los $110 millones de remuneración que pedía por los 3 años que estuvo en México y los viajes que hizo a Chile en ese lapso.
  • El 25 de marzo de 2020, el juez Urrutia resolvió de oficio reemplazar la medida cautelar de prisión preventiva que afectaba a 13 imputados por delitos cometidos tras el 18-O —los denominados “primera línea”—, por la de arresto domiciliario total. El motivo que dio: el riesgo de contagio de coronavirus en las cárceles. Se trató de una medida inédita, que, argumentó, se basó en un acuerdo entre los jueces de su juzgado, pero que duró pocas horas. El pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago se reunió de forma extraordinaria ese día y revocó la resolución.
  • Urrutia fue apartado por varios meses de sus funciones y enviado a un juzgado de cobranzas. También se abrió un sumario en su contra. En ese contexto se manifestó contra la prisión preventiva de los presos del 18-O. “La mantención de prisión preventiva en los casos del estallido social tiene un alto componente político. Por eso yo sostengo que hay presos políticos. Si hay casos que bajo delitos iguales en otro tiempo no estaban en prisión preventiva y ahora sí lo están, es sólo por un tema político”, dijo en noviembre de 2020 al sitio Sputnik.
  • El 23 de junio de 2021 el pleno del tribunal de alzada anuló su traslado y le permitió volver al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
  • Respaldó a la desaparecida Convención Constitucional —cuya propuesta de nueva constitución fue rechazada en el plebiscito del 4 de septiembre de 2022. El 25 de agosto de 2021 expuso ante la subcomisión de marco general de Derechos Humanos los motivos por los cuales estimaba que el Poder Judicial debía ser refundado.
  • “Detrás de cada violación a los Derechos Humanos, un juez convalidó o se hizo cómplice o encubridora de aquello”, dijo.
  • El 30 de agosto de ese año publicó un tuit junto al video de un punto de prensa de los convencionales Manuela Royo y Rodrigo Rojas Vade (quien luego renunció tras conocerse su falso cáncer) y otros, diciendo: “No más una justicia heteropatriarcal machista, colonial, servil a las élites abusivas que han mantenido a los pueblos sin una verdadera justicia”.
  • El 10 de abril de 2023 la Asociación de Magistrados confirmó la censura por escrito que se le aplicó en primera instancia por sus dichos sobre “refundar” el Poder Judicial.

Lea el recurso de Gendarmería:

Lea la resolución del juez Urrutia:

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