Febrero 8, 2021

Panguipulli: Las claves de la resolución del juez que decretó arresto domiciliario al sargento acusado de homicidio

Jorge Poblete
Juez de Garantía Felipe Muñoz Hermosilla. Captura de pantalla. Poder Judicial

El video viral mostrando el baleo a un malabarista en una esquina de Panguipulli, en la Región de Los Ríos, que derivó en la quema de la municipalidad y de otras 10 reparticiones, además de protestas en el sur y Santiago, tuvo un resultado judicial este lunes por la noche. La fiscalía formalizó cargos contra el sargento segundo Juan González Iturriaga por homicidio simple y el juez ordenó su arresto domiciliario total, decisión que será apelada por la familia y el INDH.

La decisión del juez: Tras más seis horas de audiencia, el juez de Garantía Felipe Muñoz Hermosilla ordenó el arresto domiciliario total del sargento segundo Juan González Iturriaga, en el caso del presunto homicidio simple del malabarista Francisco Martínez Romero, 27, quien el viernes 5 de febrero recibió cuatro de los seis tiros disparados por el policía uniformado, en el centro del balneario.

  • Los querellantes que representan a la familia de la víctima y del Instituto Nacional de Derechos Humanos, anunciaron que apelarán a la medida.
  • El carabinero seguirá en prisión preventiva en una unidad policial hasta que la Corte de Apelaciones de Valdivia resuelva las apelaciones.

Las razones para ordenar arresto domiciliario y no prisión preventiva

  1. Creyó a testigo clave: El juez dio crédito a lo declarado por una testigo clave de la fiscalía, cuyo nombre no fue revelado.
  • La testigo afirmó que el malabarista se negó al control de identidad e intentó agredir al carabinero cuando este le tomó el brazo para llevarlo a la unidad policial.
  • “Al momento en que el imputado toma de la mano al afectado, este hace uso de uno de los machetes que portaba para intentar agredir con el mismo al imputado, que producto de aquello retrocede y acto seguido desenfunda su arma de servicio”, dijo el juez parafraseando a la testigo.
  1. Consideró los machetes un arma letal: El juez precisó que los tres machetes metálicos que portaba la víctima, cada uno con hojas de 50 centímetros de largo, podían ser considerados armas letales, pese a que tenían puntas romas.
  • Detalló que el uso de ellos contra el policía correspondía al nivel 5 de agresión activa, potencialmente letal.
  1. Tiro letal innecesario: El juez aceptó la tesis de la fiscalía de que el último de los seis tiros percutados, que impactó a la víctima en el tórax y le costó la vida, era innecesario, ya que Francisco Martínez ya no representaba una amenaza para la vida del policía.
  • De esta forma respaldó la formalización de cargos por homicidio simple de parte del Ministerio Público.
  1. Aceptó la petición de medida cautelar de la fiscalía: El titular del tribunal de Paguipulli accedió a la petición de medida cautelar propuesta por la fiscalía, arresto domiciliario total del policía en vez de la prisión preventiva que pedían los querellantes, por la irreprochable conducta anterior del imputado.
  • El juez afirmó que su buena conducta previa podía bajar hasta en dos grados una eventual pena, por lo que el carabinero podría cumplirla en libertad.
  • En función de la gravedad del delito, decidió dejarlo con arresto domiciliario total por representar un peligro para la sociedad.

Cómo se estableció el presunto homicidio: El fiscal regional de Los Ríos, Juan Agustín Meléndez, detalló en la audiencia de formalización, que de los seis disparos percutados por el sargento segundo —de los cuales cuatro alcanzaron al malabarista— el último fue el que configuró el delito de homicidio simple.

  • El fiscal sostuvo que la trayectoria descendente y salida por la espalda del proyectil disparado al tórax, demostraría que el joven ya no representaba una amenaza para el policía.
  • “El último disparo fue innecesario”, dijo el fiscal.

Relación de hechos: La fiscalía describió nueve puntos clave para entender lo ocurrido.

  1. El control de identidad de Francisco Martínez, quien portaba tres sables metálicos con hojas de 50 centímetros de largo con los que hacía malabares, se inició a las 15:30 con 55 segundos, en una esquina del centro de Panguipulli.
  2. Esos primeros momentos fueron registrados en un video captado por una cámara de seguridad de un servicentro frente al lugar de los disparos, que contenía imágenes no difundidas hasta el lunes.
  3. En un lapso de menos de dos minutos, el carabinero realizó seis disparos, uno más que los registrados en el video grabado con un celular y difundido el viernes por redes sociales.
  4. El primer tiro fue al piso y el carabinero lo realizó mientras retrocedía y luego de que Francisco Martínez levantara hacia el sargento los tres cuchillos que usaba para hacer malabarismo, en forma amenazante, aseguró la fiscalía.
  5. Para acreditar la presunta agresión de la víctima y que el disparo dio en el piso, la fiscalía citó a una testigo civil, cuya identidad no reveló.
  6. Los dos disparos siguientes ocurrieron en el intercambio de gritos entre el carabinero y Martínez, a una distancia de 4,9 metros.
  7. Un tiro impactó en una caja metálica ubicada entre ambos y el otro alcanzó a la víctima en un pie.
  8. Los tres disparos finales ocurrieron en un lapso de un segundo, mientras Martínez arremetía contra el policía desde una distancia inicial de 3,9 metros y una final de 1,5 metros, entre las 15:32:04 y las 15:32:05.
  9. El último de estos tres tiros mostró en la autopsia una trayectoria descendente y salida por la espalda, por lo que a juicio de la fiscalía excedió la respuesta racional ante una agresión.
  • “En forma fácil: (un impacto) fue en el pie, otro en el muslo, un tercero en la zona inguinal, lo que le produce una pérdida de equilibrio y desestabilización (…). El último disparo (en el tórax) resultó mortal, en circunstancias de que la víctima ya había sido afectada por tres disparos no mortales”, dijo el fiscal.
  • El sargento segundo había sido destinado hace tres días desde Concepción para prestar apoyo en el balneario.

Por qué la fiscalía no pidió prisión preventiva: El fiscal afirmó que si bien el homicidio simple tiene pena de crimen (hasta 15 años de cárcel), el carabinero tenía irreprochable conducta anterior, lo que aminoraría su pena en caso de ser declarado culpable.

  • El fiscal estimó que, en este estado de la causa, el arresto domiciliario total era suficiente como medida cautelar.

Defensa del carabinero: El defensor público Pablo Ardouin dijo que el tiro mortal descrito por la fiscalía estuvo acompañado de otros dos tiros que ocurrieron en el mismo segundo.

  • Estimó que su defendido sólo hizo uso de la legítima defensa.
  • Dijo que el tiene un trabajo estable y no revestía peligro de fuga.

Abogado querellante. El abogado Rodrigo Román, representante de la familia de la víctima, dijo que se trató de un homicidio calificado y no simple y pidió prisión preventiva para el sargento segundo.

INDH: La representante del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Elizabeth Matthei, sostuvo que “los machetes que portaba Francisco Martínez estaban alterados para no ser cortantes”. Pidió también su prisión preventiva.

Diferencias y similitudes con el caso del puente Pio Nono: El 2 de octubre de 2020, a las 19:35, el carabinero Sebastián Zamora embistió contra un joven de 16 años mientras, con otros policías, intentaban detener a un grupo de manifestantes en el Puente Pío Nono, en Santiago Centro. El joven cayó al río y los carabineros se replegaron sin prestarle auxilio.

  • Al igual que en el caso de Panguipulli, la fiscal jefa de Alta Complejidad, Ximena Chong, calificó lo ocurrido en el puente Pio Nono como homicidio, en ese caso frustrado.
  • A diferencia del caso del sur, en el caso del Puente Pío Nono el adolescente de 16 años no opuso resistencia a la acción policial.
  • A diferencia del caso de Panguipulli, en la causa del Pío Nono la fiscal pidió la prisión preventiva del imputado.
  • El juez Jaime Fuica, del Séptimo Juzgado de Garantía, afirmó que había “evidenciable peligro para la seguridad a la sociedad con la libertad del imputado” y resolvió dejarlo en prisión preventiva.
  • El 18 de enero de 2021, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó, con fallo dividido, la determinación del juez de Garantía.

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