-El abogado del Presidente Piñera, Juan Domingo Acosta, ha dicho que estamos frente a materia juzgada. Si existe evidencia que los contratos fueron investigados por la Fiscalía y hay un fallo de la justicia, ¿cómo se explica lo que anunció el Ministerio Público respecto de abrir una investigación Penal sobre las eventuales responsabilidades del Presidente?
Asumo que el Fiscal Nacional carecía de información específica del caso y por ello solicitó su revisión administrativa. Sin embargo la decisión que ahora ha adoptado me parece manifiestamente ilegal. De acuerdo a la Ley Orgánica del MP en su artículo 17, el Fiscal Nacional no puede inmiscuirse en casos particulares, salvo que él mismo asuma la dirección de la investigación en base al art. 18 Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público (que es lo que hizo en su tiempo excepcionalmente Sabas Chahuán en el caso Penta, por ejemplo). La ley es clara, el Fiscal Nacional no puede dar instrucciones u ordenar realizar actuaciones en casos particulares. Aquí aquella norma se violenta bajo el velo de que se trataría de la apertura de una nueva causa. Sin embargo las cosas son lo que son, y no lo que por mero voluntarismo el Fiscal Nacional pareciera querer. Se pretende revivir una causa fenecida, cambiando la etiqueta del delito investigado, en circunstancias que lo que prima en el análisis jurídico son los hechos y la intervención de la persona investigada. Si esos hechos fueron indagados y sobreseídos, y si se estableció judicialmente en forma previa que esa persona, el Presidente Piñera, no intervino en los hechos, se incurre en una flagrante vulneración a sus derechos al instar por una nueva persecución penal en su contra. Es muy grave y abusivo lo que ha hecho el Fiscal Nacional.
¿Una vez designada la fiscal Claudia Perivancich como ve el escenario?
No conozco los detalles, pero asumo que la Fiscal Perivancich debiera tener el encargo de revisar rápidamente los antecedentes y constatar que hay cosa juzgada ya que como dije, el Fiscal Nacional no puede inmiscuirse en ninguna causa. Creo que la Fiscal Perivancich debiera reparar en que no es suficiente con “reenvasar” o “reetiquetar” unos mismos hechos para volver a investigarlos.
-¿El jefe del Ministerio Público desconoce que los hechos, más allá de que fueron investigados, están prescritos?
Es llamativo que el Fiscal Nacional prefiera ignorar la realidad que consta en los antecedentes de la investigación y lo resuelto por los Tribunales de Justicia, para impulsar una nueva indagación de hechos que fueron sobreseídos en forma definitiva por la justicia y que están además largamente prescritos. Uno puede entender la presión política y de opinión publica que un reportaje de prensa genera, pero no puede aceptar que se ceda ante ello y que se tuerza el sentido de principios básicos de todo Estado de Derecho que limitan el uso del poder punitivo contra los ciudadanos y están destinados a dar certidumbre a la ciudadanía. Con esta decisión el Fiscal Nacional nos ha notificado a todos que el valor de las resoluciones judiciales es relativo, y que el Ministerio Público puede ignorarlas. La Fiscalía parece estar por encima de la ley y la Constitución, y cada uno de nosotros expuestos al uso instrumental de la persecución penal.
-El fiscal nacional lleva varias semanas bajo la crítica de la opinión pública, de abogados y de algunos fiscales. De hecho, los candidatos presidenciales (excepto Provoste) dijeron que debería dar un paso al costado. ¿Ha sido errático Abbott en su gestión?
Aquí separaría la respuesta en dos puntos. Para nadie es un misterio que yo he sido un litigante especialmente crítico de muchas actuaciones del Ministerio Público (M.P.) y del propio Abbott en el pasado. Creo que el sistema no considera controles y balances suficientes para evitar en la práctica la persecución penal arbitraria del M.P. y en muchas ocasiones se ha prestado para su uso instrumental por parte de querellantes poco escrupulosos que pretenden usar las acciones penales con fines políticos. El mismo caso Exalmar-Dominga fue en ese sentido -inicialmente- un ejemplo de ello. Creo que el Fiscal Regional de la época actuó con celo y determinación al punto que, tras advertir la inexistencia de hechos constitutivos de delito y, por cierto, la nula participación del Presidente de la República en los hechos denunciados, instó por el sobreseimiento definitivo de la causa. Los tribunales no solo acogieron la posición de la Fiscalía, sino que condenaron en costas al querellante Hugo Gutiérrez. Es decir, le reprocharon la instrumentalización frívola del proceso penal.
¡Cuál es el segundo punto?
En esta ocasión el Fiscal Nacional fue primero tímido o diletante, y ahora cediendo a la presión, derechamente abusivo en su actuar. No tenía ningún sentido ante la contundencia de los fallos del Tribunal de Garantía y de la Corte de Apelaciones de Santiago que declararon y ratificaron el sobreseimiento definitivo de la causa, generar la expectativa de volver a investigar los mismos hechos. Debió rechazar de plano la ilegal idea de volver a investigar. Sin embargo su propia tardanza incrementó la presión y ahora opta por escapar hacia adelante, intentando burlar las limitaciones procesales por la vía de redenominar los supuestos delitos que habrían de investigarse. Es muy grave dicha conducta. No basta con buscar en el enorme catálogo de delitos de nuestro Código Penal figuras afines a las ya investigadas en su momento – negociación incompatible- para soslayar el efecto de cosa juzgada de las decisiones judiciales que sobreseyeron la causa. Lo esencial no es el delito con el que se caratula la investigación, sino que insisto, el marco de hechos que sigue siendo el mismo, y la inexistencia de participación o intervención en ellos del Presidente como ya se determinó en la investigación del Fiscal Guerra y se decretó por la justicia. El derecho es uno solo y no puede adaptarse a condiciones climáticas artificiales ni ser parte de una especie de reality show político. El Derecho debe dar certezas a los ciudadanos, en especial el Derecho Penal. En una democracia los tribunales de justicia no son tribunales populares, y el Ministerio Público debe actuar con prudencia y objetividad, asumiendo el costo que ello pueda implicar. Los “likes” hay que dejarlos para las redes sociales, no para la actuación de los Fiscales.
-Usted ha participado en estas instancias de acusaciones constitucionales. ¿De acuerdo a los antecedentes que se conocen, le ve mérito a esta acción?
Jurídicamente ninguno. Ahora, en un debate intrínsecamente político, en medio de un crispado periodo electoral, naturalmente hay poco pudor por parte de quienes van a elección o reelección y por ende pese a su falta de mérito, la acusación podría avanzar. Es una lástima que nuestro parlamento abdique de sus responsabilidades constitucionales y utilice sus prerrogativas con fines tan mezquinos. Me atrevo a decir que la acusación esconde la peor cara de muchos parlamentarios. Es bastante miserable hacer cálculos electorales con una herramienta constitucional tan excepcional e importante como es la acusación constitucional. Degradan la verdadera política y debilitan al final la propia democracia. Nadie serio puede desconocer que el festival de acusaciones de los últimos años parece haber sido parte de una estrategia para debilitar la institucionalidad de nuestro país.
-¿Tiene alguna reflexión que hacer respecto al escenario político actual?
El escenario político actual es delicado. Chile no goza de buena salud y no se advierte mucha conciencia de ello. Sin embargo, a mi como abogado solo me compete la reflexión jurídica. Todo aquello que daña el Estado de Derecho debiera ser preocupación de todos. La Justicia es la última trinchera contra cualquier práctica totalitaria o abusos que se puedan cometer en contra de los ciudadanos. Por lo mismo, uno espera que otros actores, y en esto tanto la Fiscalía como la prensa juegan un papel esencial, también actúen con responsabilidad y no se presten para generar dudas infundadas.
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