Qué observar. A fines de enero, la comisión de Justicia de la Convención aprobó en general terminar con el actual sistema de designación de los jueces y supremos y rediseñar el sistema judicial en Chile, generando por primera vez un mecanismo que recorta en forma sustantiva el poder a los magistrados.
Conformación. Inicialmente, el Consejo estaría integrado por 15 miembros. Este lunes, la comisión aprobó en particular su composición. Y hubo cambios. El Consejo ahora tendrá 17 integrantes, añadiendo cupos para los pueblos originarios.
17 integrantes, 6 jueces. Actualmente, los ministros de la Suprema son designados por el Presidente de la República, eligiéndolos de una nómina de 5 personas que propone la Corte y con acuerdo de 2/3 de los senadores en ejercicio. Si la Cámara Alta no aprueba la propuesta del Mandatario, el máximo tribunal deberá completar la quina proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.
La voz de los constitucionalistas:
Jorge Correa Sutil: El abogado y ex ministro del Tribunal Constitucional (TC) plantea que la incorporación del Congreso al proceso de designación genera que el espacio se politice. Y, debido a atribuciones, como la calificación del desempeño de los jueces, sus ascensos o remociones, dejaría la judicatura en manos del “control político”.
Raúl Luis Bertelsen: El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de los Andes y ex presidente del Tribunal Constitucional asegura que la evaluación de los jueces a través de audiencias públicas “es peligroso, podría significar un juicio popular a un juez que a lo mejor ha tenido que adoptar medidas odiosas en sus sentencias”.
Tomás Jordán: El abogado constitucionalista, cerebro del proyecto de reforma constitucional de Bachelet, es partidario de garantizar que los jueces que se eligen sean de distintos estamentos del Poder Judicial. A su juicio, sin embargo, la iniciativa de la comisión supone riesgos en la designación de los propios jueces, ya que, potencialmente, pueden haber sectores del Poder Judicial con ventaja respecto de otros. “Por ejemplo, civiles, que son la mayoría, o penales”, afirma, ya que, a su juicio, existe el riesgo de que el sistema mayoritario se lleve casi todos las plazas del Consejo.
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