Convención: Las dudas y problemas que genera el Consejo Nacional de Justicia

María Arriagada
Los abogados Jorge Correa Sutil, Raúl Bertelsen y Tomás Jordán.

Este lunes se aprobó en particular en la comisión de Sistemas de Justicia de la Convención la integración del Consejo Nacional de la Justicia, un organismo que termina con la actual designación de jueces y rediseña el sistema en Chile. Los constitucionalistas Jorge Correa Sutil, Raúl Bertelsen y Tomás Jordán abordan sus implicaciones. Algunos creen que la reforma pondrá fin de la independencia del sistema. A continuación sus razones.


Qué observar. A fines de enero, la comisión de Justicia de la Convención aprobó en general terminar con el actual sistema de designación de los jueces y supremos y rediseñar el sistema judicial en Chile, generando por primera vez un mecanismo que recorta en forma sustantiva el poder a los magistrados.

  • Se trata de la creación de un Consejo Nacional de Justicia, que, de acuerdo a las atribuciones que se le otorgó este jueves, podrá: nombrar, previo concurso público y por resolución motivada, a todas los jueces y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia; decidir sobre promociones, traslados, permutas y cese de funciones de sus integrantes; adoptar medidas disciplinarias de jueces, funcionarios del sistema, incluida su remoción, conforme a lo dispuesta en esta Constitución; evaluar y calificar, periódicamente, el desempeño de jueces y funcionarios del sistema.
  • También es facultad del organismo el que todos los tribunales estén sometidos, a lo menos cada cinco años, a una revisión integral, que incluirá audiencias públicas, para determinar el correcto ejercicio de sus funciones en conformidad a lo señalado en la Constitución.

Conformación. Inicialmente, el Consejo estaría integrado por 15 miembros. Este lunes, la comisión aprobó en particular su composición. Y hubo cambios. El Consejo ahora tendrá 17 integrantes, añadiendo cupos para los pueblos originarios.

  • El organismo, de acuerdo a la votación de este lunes, estará integrado por: seis integrantes elegidos por el Congreso; dos miembros de los pueblos originarios, escogidos por ellos mismos; seis jueces, elegidos por sus pares; y tres funcionarios o profesionales del Sistema Nacional de justicia, también escogidos por sus semejantes.
  • La iniciativa fue aprobada por 14 votos a favor, incluyendo al FA, el PC y el PS, el sostén político del futuro gobierno de Boric.

17 integrantes, 6 jueces. Actualmente, los ministros de la Suprema son designados por el Presidente de la República, eligiéndolos de una nómina de 5 personas que propone la Corte y con acuerdo de 2/3 de los senadores en ejercicio. Si la Cámara Alta no aprueba la propuesta del Mandatario, el máximo tribunal deberá completar la quina proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.

  • “La carrera de los jueces inferiores está determinada por su superior jerárquico”, explica Tomás Jordán, abogado constitucionalista e investigador del Observatorio Nueva Constitución.
  • Pese a que a la iniciativa todavía le falta una votación en general y en particular en el pleno para ser parte del borrador de la nueva Constitución, el constituyente Ruggero Cozzi (RN) mostró en el debate su preocupación, a partir de que de los 17 integrantes del Consejo, solo 6 sean jueces y que exista una cuota para los pueblos originarios, sin que la elección esté enfocada en la competencia de sus miembros.

La voz de los constitucionalistas:

Jorge Correa Sutil: El abogado y ex ministro del Tribunal Constitucional (TC) plantea que la incorporación del Congreso al proceso de  designación genera que el espacio se politice. Y, debido a atribuciones, como la calificación del desempeño de los jueces, sus ascensos o remociones, dejaría la judicatura en manos del “control político”.

  • “Significa el final de la independencia judicial porque los jueces comienzan a cuidarse con criterio político con respecto a quién los va a evaluar y quién los va a remover. Eso significa que pierden su parcialidad y que en caso de cualquier conflicto que tenga repercusiones políticas o tenga efectos en la opinión pública y los medios, va a ser resuelto conforme a criterios de mayoría. Y el Poder Judicial es fuertemente un poder contra mayoritario, y aquí deja de serlo”.
  • Correa asegura que un organismo de 17 miembros, que está en Santiago y cuya mayoría no son jueces”, no puede tener “el contacto, noción, ni noticia fidedigna de la manera en que el Tribunal está funcionando”.
  • “No tienen la capacidad física de hacerlo. Hoy día la calificación de los jueces la hace la Corte de Apelaciones respectiva, de cada una dependen seis, diez, quince, o veinte jueces. Las decisiones están revisándose constantemente, y hay visitas de los ministros de la Corte a los juzgados, por lo tanto, el ministro visitador tiene una capacidad de hacer informes. 17 miembros no pueden tener esa capacidad a lo largo y ancho del país”.

Raúl Luis Bertelsen: El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de los Andes y ex presidente del Tribunal Constitucional asegura que la evaluación de los jueces a través de audiencias públicas “es peligroso, podría significar un juicio popular a un juez que a lo mejor ha tenido que adoptar medidas odiosas en sus sentencias”.

  • Y, añade, esta situación podría afectar en la independencia de sus fallos. “En cada sentencia judicial hay una parte que queda más satisfecha que piensa que se ha hecho justicia, pero es difícil que el perdedor quede contento. `Ya verá lo que voy a decir en la audiencia pública que toca en dos meses más´, podrían decir. Se puede emplear abusivamente”.

Tomás Jordán: El abogado constitucionalista, cerebro del proyecto de reforma constitucional de Bachelet, es partidario de garantizar que los jueces que se eligen sean de distintos estamentos del Poder Judicial. A su juicio, sin embargo, la iniciativa de la comisión supone riesgos en la designación de los propios jueces, ya que, potencialmente, pueden haber sectores del Poder Judicial con ventaja respecto de otros. “Por ejemplo, civiles, que son la mayoría, o penales”, afirma, ya que, a su juicio, existe el riesgo de que el sistema mayoritario se lleve casi todos las plazas del Consejo.

  • Jordán rescata la incorporación de funcionarios del Sistema Nacional de Justicia: “Están en el día a día en los tribunales”.
  • Sin embargo, asegura, no queda claro si los representantes de pueblos originarios electos tendrían que estar “directamente vinculados al mundo del sistema judicial”.

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