Convención: Informe identifica 5 graves problemas en la elaboración de la política migratoria del país (Lea el estudio completo)

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Crédito: Agencia Uno.

El recientemente creado Observatorio para la Migración Responsable, en cuyo directorio están académicos y el ex jefe del Servicio Nacional de Migraciones de Piñera 2, Álvaro Bellolio, escribió un documento que expone 5 problemas de fondo en la política migratoria que ha elaborado la Convención Constitucional. Se tratan de normas que han sido aprobadas en distintas comisiones y que, de acuerdo al centro, ya se encuentran en el borrador de la nueva Constitución. A continuación los nudos críticos que identifica el documento.


1. Migración descontrolada. La comisión de Derechos Fundamentales, en la sección de libertad personal ambulatoria, establece lo siguiente:

Artículo 11. “Toda persona tiene derecho a trasladarse, residir y permanecer en cualquier lugar del territorio nacional, así como a entrar y salir de éste. La ley regulará el ejercicio de este derecho”.

  • A partir de este artículo, según el documento, los gobiernos de turnos se transformarán en espectadores del ingreso y salida de extranjero, sin tener ningún tipo de poder para regular el flujo, priorizar o prohibir ingresos al país.
  • “Cualquier extranjero, independiente de si tiene antecedentes penales o reúne las condiciones, tiene el derecho a entrar y salir de Chile. La ley podrá establecer el mecanismo para que ingrese de forma más sencilla, pero no podrá impedir que lo haga, ya que iría en contra de este derecho constitucional”, indica el texto, donde sugiere establecer al menos como requisito el no tener antecedentes penales para ingresar al país.

2. Evita que una persona pueda ser expulsada por cometer un delito o ingresar clandestinamente. El estudio se refiere en este ámbito a lo aprobado en la Comisión de Principios Constitucionales.

Artículo 10. “Principio de no devolución. Ninguna persona solicitante de asilo o refugiada será regresada por la fuerza a las fronteras del Estado donde su vida o libertad pueden verse amenazadas, corra riesgo de persecución o graves violaciones de derechos humanos”.

“Es decir, cualquier extranjero, independiente de si ha cometido un delito o ha ingresado clandestinamente, al momento de su expulsión o devolución, con el solo hecho de decir que en su país de origen o tránsito puede correr peligro de persecución, evitará su expulsión y se quedará en Chile”, plantea el Observatorio. Además, sostiene que el artículo aprobado no considera el mal uso de la solicitud de refugio, que está definido en una ley y en tratados internacionales, y la petición de asilo en el país.

3. Otorga casa a extranjeros que ingresan clandestinamente. El centro hace referencia a lo aprobado en la comisión de Derechos Fundamentales, en específico, la sección de libertad personal ambulatoria.

Artículo 4.- “Derecho a la vivienda. Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”.

  • “El Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley”, indica el texto.
  • Se indica al respecto que así como el artículo 11 garantiza el derecho para que cualquier extranjero a ingresar al país, “al hacerlo compatible con el derecho a la vivienda, obliga al Estado a financiar y entregar una casa para un inmigrante y a toda su familia”.

4. Omite el rol de control de fronteras y de expulsiones a quienes no respetan las leyes. En el observatorio les parece preocupante que la Convención haya rechazado las siguientes indicaciones.

Indicación 27. “Todo inmigrante que ingrese clandestinamente al país; esté en condición de ilegal o comenta un delito, será expulsado de manera inmediata a su país de origen, de residencia y de tránsito”.

Indicación 28. “Es deber del Estado proteger la integridad y seguridad de los territorios y comunidades fronterizas. En cumplimiento de dicho deber, el Estado deberá fortalecer y supervigilar los pasos fronterizos, y asegurar la presencia militar en ellos”.

  • “Con el rechazo de ellas y la aprobación, antes mencionada, de garantizar el libre tránsito, se renuncia a que Chile pueda resguardar sus fronteras y expulsar a los extranjeros que no aportan y no respetan las leyes. Esta medida va en contra de la relación entre nacionales y extranjeros y es irresponsable con los municipios y las regiones, en especial en el norte. Golpea, además, a los sectores más populares de la Región Metropolitana y Valparaíso”, se afirma.

5. Ignora el abuso al refugio y asilo para evitar expulsiones por cometer delitos en Chile. 

  • La indicación 33, planteaba por el convencional Martín Arrau, indica: “Toda solicitud de refugio fraudulenta ameritará la expulsión al país de residencia o de tránsito”.
  • “Esta medida procuraba que los extranjeros a punto de ser expulsados o reembarcados, con antecedentes penales o que ingresaron por pasos clandestinos, no abusaran de la legítima necesidad de solicitar protección del Estado. Al rechazar esta medida, junto con aprobar derechos de libre circulación y de protección absoluta, hacen imposible expulsar a un extranjero que ha cometido delitos graves en Chile”, sostiene el texto.

Lo que se dice. Respecto del informe publicado por el Observatorio, uno de sus directores y ex jefe del Servicio Nacional de Migraciones bajo Piñera 2, Álvaro Bellolio, fija posiciones.

  • “La Convención, en su lógica maximalista, establece que “toda persona tiene derecho a trasladarse, residir y permanecer en cualquier lugar del territorio nacional, así como a entrar y salir de éste”. Esta propuesta había sido referida varias veces por las organizaciones que han defendido la migración sin restricciones, que están en contra de las expulsiones, y justifican que una ley podría evitar ingresos”.
  • “A su vez, al no tener ninguna limitación en sus más de 400 artículos, establece que se le debe dar una casa a cualquier persona que ingrese a Chile lo que, complementado con el punto anterior, se alinea en la lógica que nuestro país se debe hacer cargo del alojamiento y vivienda de toda persona que lo necesite”.
  • “El gran problema de estas propuestas, es cómo afectan a los sectores populares, como se ha visto en comunas como Iquique, Alto Hospicio, Antofagasta, Arica, Estación Central, Santiago Centro, Independencia o Lampa, donde el uso de espacios públicos o el acceso a servicios, junto con la nula fiscalización, hacen que la cohesión entre nacionales y extranjeros empeore, y se produzcan lamentables episodios de violencia y discriminación”.
  • “La propuesta de que todo extranjero pueda entrar a Chile como un derecho, de prometer viviendas para todos, y evitar que sean expulsados o que no exista una sanción si ingresan clandestinamente, es algo que va muy alineado con la propuesta del actual gobierno. Hemos visto en estos meses, aún con aviones financiados, que no hay expulsiones judiciales, y que quienes continúan ingresando clandestinamente, no tienen ninguna sanción o fiscalización”.

LEA AQUÍ EL INFORME COMPLETO:

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