Una presentación ante la Contraloría General de la República hizo este viernes el diputado Jorge Alessandri (UDI) para que indague un eventual conflicto de interés del director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz (PC).
La causal está relacionada el Dictamen N° 1831/39 emitido por Zenteno, que “fija el sentido y alcance de la Ley N° 21.431 sobre trabajadores de Plataformas Digitales”, que entró en vigencia el 1 de septiembre. El dictamen de la Dirección del Trabajo establece varias limitaciones a la regulación de los trabajadores independientes, al identificar relaciones de subordinación y dependencia.
Pero lo que causa ruido al parlamentario es que las argumentaciones que entrega Zenteno son las mismas, o muy similares, a las que el abogado comunista, en el ejercicio privado de su profesión, tuvo presente al representar jurídicamente, en 2021, a un grupo de repartidores que reclamaban una relación laboral con la plataforma digital Pedidos Ya. La demanda fue presentada ante el Juzgado del Trabajo de Santiago. Pablo Zenteno mantuvo los servicios jurídicos a los trabajadores hasta el mes de diciembre del año pasado.
Alessandri, en su escrito, pide a la Contraloría aclarar si el actual director del Trabajo incurre en “un potencial conflicto de interés o la infracción al principio de probidad por falta de la debida imparcialidad”, como también pregunta al organismo fiscalizador si “Zenteno incurre en responsabilidad administrativa por infracción de los principios de probidad, imparcialidad y del deber de abstención”.
El abogado Zenteno, hombre considerado muy cercano al alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, trabajó como asesor de la entonces presidenta de la CUT, Bárbara Figueroa, actual embajadora de Chile en Argentina. A sus clientes, como es el caso de los repartidores que finalmente perdieron la demanda incluso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el abogado PC les fijaba como domicilio “la oficina central de la Central Unitaria de Trabajadores, ubicada en Alameda Nº 1346, comuna de Santiago”.
Vea aquí el documento contra el Director del Trabajo:
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