Qué observar. El martes 18, durante la audiencia de preparación del juicio oral al cofundador y líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) Héctor Llaitul, el abogado Humberto Serri de la Defensoría Penal Mapuche planteó al tribunal que la fiscalía estaba incurriendo en un “vicio formal”.
La alarma del testigo protegido. A la 1:05 pm del martes 18, el fiscal Héctor Leiva —parte del equipo de Garrido—, llamó por teléfono a uno de los testigos protegidos para avisarle de la decisión de la jueza.
Qué dice el informe de la fiscalía. El miércoles 19 la fiscalía elaboró un documento de 3 páginas presentado a la Corte, donde detallaron por qué, a su juicio, corrían riesgo los testigos protegidos en caso de que se divulgaran sus identidades. A continuación, los principales puntos.
Poli víctimas. “Los testigos con identidad reservada presentan un historial de denuncias en calidad de poli victimas por delitos como amenazas, daños, usurpaciones (violentas y no violentas), hurtos, robo en lugar no habitado, robo con violencia, incendios”.
Grupos familiares. “Antecedentes todos que los posicionan en un espacio de extrema vulnerabilidad física y psíquica, que incluye a sus grupos familiares, sumado a un riesgo real y concreto a su patrimonio que ya ha sido afectado en diversas oportunidades. Lo descrito hace inviable su participación en un juicio oral sin al menos la reserva de sus identidades”.
Temor del juicio. “Teniendo a la vista los contactos que el equipo investigador estableció con estos testigos, se constata un especial temor por los efectos de su participación en el proceso judicial que moviliza en su momento la solicitud expresa y condicionante en relación con su reserva de identidad, lo que se presenta como un mecanismo natural para la preservación de su integridad física y psíquica, procurando establecer condiciones mínimas de seguridad en el círculo familiar y social”.
Posible distorsión de testimonios. “La divulgación de esta información resulta tan gravitante que afectaría gravemente la participación de los testigos, provocando la inhibición para asistir o incluso distorsionar un futuro testimonio en juicio, lo que sería pernicioso y negativo en términos del valor probatorio para la investigación”.
Lea el documento de la fiscalía:
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