Las razones de la CPC para cuestionar ante la OIT la consulta indígena que realizó la Convención Constitucional

David Lefin
Juan Sutil, presidente de la CPC. Crédito: Agencia Uno.

La Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) pidieron a la OIT que haga un categórico llamado de atención a la Convención Constitucional y al Gobierno sobre la necesidad de que se respeten las disposiciones previstas en el Convenio 169, para que enmienden todas las falencias que a su juicio han conspirado contra los estándares fundamentales de la consulta indígena.


Qué observar. La Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) enviaron este jueves una carta al director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Guy Ryder, acusando que el proceso de consulta indígena realizado por la Convención Constitucional constituye “flagrantes violaciones de las normas sobre consulta indígena previstas en el Convenio 169” de la organización. Apuntan a deficiencias metodológicas y la falta de estándares mínimos en su desarrollo.

  • Piden a la OIT que “de manera urgente haga un categórico llamado de atención a la Convención Constitucional y al Gobierno de Chile sobre la necesidad de que se respeten las disposiciones previstas en el Convenio 169, para que enmienden todas las falencias que han atentado contra los estándares fundamentales de la consulta indígena, en cuanto a que esta sea previa, de buena fe y con intención de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento”.
  • La carta la firman el presidente de la CPC, Juan Sutil, y el secretario general de la OIE, Roberto Suárez. Cuentan con el apoyo de siete comunidades indígenas coordinadas por la Fundación Rakizuam.

Qué no se cumplió según los reclamantes:

  • En la CPC señalan que la máxima instancia que revisa la aplicación de los convenios de la OIT, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, reiteradamente ha sostenido que la consulta indígena es la piedra angular en que se sostiene el Convenio 169.
  • El artículo 6 del Convenio sostiene que, al aplicar las disposiciones del mismo, los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.
  • Asimismo, dice que “las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”.

Qué cuestionan:

  • La CPC y la OIE dicen que la consulta indígena realizada por la Convención otorgó sólo 21 días -entre el 14 de febrero y el 6 de marzo de 2022- para que los pueblos indígenas se pudieran informar y participar a nivel nacional. Acusan que esto fue un plazo totalmente insuficiente, más aún si se considera que el plazo que fija el Decreto 66 para las consultas indígenas realizadas por el Poder Ejecutivo requiere de al menos 120 días.
  • Agregan que el haber fijado un plazo así de corto claramente afectó el derecho a participación.
  • En la consulta participaron 7.549 indígenas en todo Chile, de los 2.185.729 que se autoidentifican como pertenecientes a algún pueblo indígena, es decir un 0,3% del total, dijeron en la CPC. Agregaron que esto representa un 40,2% de los 18.790 que esperaba la Secretaría de Participación y Consulta Indígena de la Convención Constitucional, y menos de la mitad de los 17 mil que participaron en la consulta del proceso constituyente que encabezó el año 2017 la ex presidenta Bachelet.
  • En concreto, acusan que la consulta no se efectuó de buena fe, pues no otorgó los plazos mínimos necesarios para que los pueblos indígenas pudieran informarse y participar, lo que era esencial para poder llegar a un acuerdo o lograr su consentimiento.
  • “Luego, sí además se considera que varios de los temas consultados fueron aprobados por el pleno de la Convención antes de contar con los resultados de la consulta, más vulnerada aún se ve la buena fe, porque evidencia que la consulta fue instrumentalizada como una mera formalidad y trámite que no tenía interés en buscar un acuerdo o lograr el consentimiento de los pueblos indígenas”, afirman en desde el gremio empresarial.

Lo que esperan:

  • Desde la CPC afirman que si se permite que esto ocurra en un tema tan relevante como la redacción de una nueva Constitución, “se debilitará la certeza jurídica y la confianza en el instrumento internacional, profundizando las desconfianzas con los pueblos originarios, y afectando el relacionamiento de las empresas que invierten o proyectan invertir en territorios ocupados por ellos”.
  • Los firmantes de la carta piden a la OIT que haga un llamado a que se cumplan las disposiciones del Convenio 169 de la OIT, que no se permita la instrumentalización del tratado y que evidencie ante la opinión pública que la consulta realizada por la Convención Constitucional “está viciada”.
  • “Ahora estaremos muy atentos a la respuesta de la OIT, pero sin descartar avanzar en algún procedimiento internacional previsto en la Constitución de la OIT que nos permita obtener un pronunciamiento claro sobre los incumplimientos normativos antes descritos”, puntualizan.

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