Aprueban norma que garantiza recursos por aprovechamiento de bienes naturales para las comunidades indígenas

María Arriagada

La Comisión de Medio Ambiente aprobó este miércoles -en general- una norma que busca incorporar los derechos de la naturaleza en la Constitución y regular el uso de los “bienes naturales”, estableciendo que los pueblos indígenas tendrán la titularidad de los existentes en sus tierras y serán prioridad en la distribución de los recursos que entregue su explotación.

En qué fijarse: La propuesta de los “Derechos de la naturaleza y los bienes naturales comunes”, consiguió los votos y pasó el primer filtro de la tramitación con 15 votos a favor y 4 en contra. Sin embargo, todavía debe ser votada en particular en la misma comisión. Esta vez, se votará cada artículo de la norma que requiere de mayoría simple. Los que sean aprobados deberán buscar los 2/3 que requiere cada norma.

La propuesta aprobada fue presentada por convencionales de pueblos originarios. Establece el “reconocimiento y protección de los derechos de la naturaleza”, “incorpora dos nuevas categorías de ordenamiento jurídico: derechos de la naturaleza y de los bienes comunes” y establece que es rol del Estado es proveer políticas públicas concretas que promuevan la protección de la naturaleza.

  • A favor sufragaron los convencionales de la comisión pertenecientes a los pueblos originarios, además, el PC, el Colectivo del Apruebo (Col.S), Independientes No Neutrales (INN), Movimientos Sociales Constituyentes y Pueblo Constituyente, reuniendo 15 votos, y en contra se manifestaron los cuatro constituyentes de la centroderecha de esta comisión.

Las claves de la iniciativa respaldada:

Defensoría de derechos de la naturaleza que patrocine causas judiciales. Uno de los puntos centrales está en el artículo 3 que propone crear una defensoría de derechos de la naturaleza que realice informes sobre el estado de situación, levanta alertas sobre lo mismo y patrocine causas judiciales en cuales el interés de la misma se vea afectado.

  • “El pueblo de Chile, los pueblos y naciones indígenas preexistentes al Estado, (…) podrán exigir su cumplimiento y solicitar la adopción de medidas urgentes para evitar que se produzca o se incremente el daño, por vía judicial o administrativa. Con esta finalidad podrán formular requerimientos o solicitudes ante cualquier organismo o autoridad pública”.

Regulación del uso de bienes naturales. La segunda parte de la norma establece que sería entendido como “bienes naturales” los minerales; el subsuelo; el mar territorial, su fondo marino y las playas de la zona costera; las aguas continentales en todas sus formas, sus cauces y playas, glaciares y humedales; los salares; las fuentes de energías renovables, convencionales y no convencionales; el aire y la atmósfera; el material genético de la biodiversidad nativa plurinacional; las zonas de alta montaña y los bosques nativos.

  • Se podrán otorgar concesiones sobre bienes naturales. El artículo 7 establece que el Estado podrá otorgar concesiones temporales de estos bienes bajo “procesos transparentes y públicos, con participación de las comunidades afectadas, salvaguardando su capacidad de renovación y evitando la degradación y daño del medio ambiente” y propone que una ley regule este proceso.
  • Distribución equitativa de los beneficios: Se consigna que el Estado debería “garantizar la distribución equitativa de los beneficios generados por el aprovechamiento de bienes naturales comunes, priorizando las comunidades indígenas y locales donde se encuentran los bienes y las directamente afectadas por su intervención” y se establecen indemnizaciones “por ley” en favor de las comunidades en donde exista un daño ambiental.
  • Los pueblos indígenas tendrían la titularidad de los bienes naturales en sus territorios. El artículo 8 postula que los pueblos originarios tendrán “la titularidad de los bienes comunes naturales que existen en sus tierras y territorios ancestrales”, y que cuando estos consientan en el aprovechamiento de estas tierras por terceros “tendrán derecho a participar en los beneficios que reporte por los perjuicios sociales, culturales y ambientales que puedan sufrir como consecuencia del mismo, bajo los requisitos y condiciones que libremente definan”.

La dos normas de la centroderecha que no alcanzaron el quórum. Una de las propuestas rechazadas fue la que exigía al Estado velar por la seguridad alimentaria y satisfacción de las necesidades alimenticias para el consumo humano.

  • La segunda buscaba “consagrar la ruralidad como esencial en la propuesta de la nueva Constitución” a través del desarrollo rural, subrayando la sostenibilidad alimentaria y el desarrollo de las actividades económicas, sociales y culturales de la ruralidad, “proporcionando los medios para el crecimiento de la innovación, la integración y la equidad”.

Qué se votará el jueves en la Comisión de Medio Ambiente. Para mañana quedó pendiente el sufragio de una norma que propone ratificar las autorizaciones económicas o productivas a través de consultas vinculantes (ciudadanas) bajo ciertas circunstancias. Entre estas, se consideran acciones económicas que impliquen riesgo a la salud; efectos adversos sobre la cantidad y calidad de recursos nacionales; alteración de los sistemas de vida, que se alcen en sitios para la conservación como humedales, entre otras situaciones.

El balance de las iniciativas populares presentadas: En total fueron 78 las que consiguieron las 15 mil firmas para ser discutidas en la Convención.

Las cinco propuestas ciudadanas que concentraron más apoyo:

  1. “Con mi plata no – Defiende tus ahorros previsionales”: 60.852 apoyos.
  2. “Libre derecho sobre la propiedad privada”: 47.892 apoyos.
  3. “Cannabis a la Constitución ahora: por el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la soberanía personal y el bienestar”: 44.332 apoyos.
  4. “Será Ley: iniciativa popular de apoyo al aborto”: 38.198 apoyos.
  5. “Banco Central Autónomo”: 37.604 apoyos.

 

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