Lo nuevo. Este lunes, a las 15:30 horas, los diputados del Partido Nacional Libertario y de Republicanos ingresarán en la Cámara de Diputados la acusación constitucional en contra del exministro de Hacienda, Nicolás Grau (FA), tras la denuncia realizada por su sucesor Jorge Quiroz por supuestas inconsistencias en el último Informe de Finanzas Públicas (IFP).
Los argumentos. El documento sostiene que el libelo “no es una mera divergencia técnica o de mérito político, sino una infracción objetiva al deber constitucional” del exministro. Añade que la Dirección de Presupuestos depende de Hacienda lo que hace que “el responsable político último de los actos administrativos que de ella emanan sea el titular de la cartera”.
Cuatro capítulos: El libelo tiene cuatro capítulos acusatorios.
1. Infracción del principio de probidad establecido en la Constitución. “La transparencia y consistencia de las estadísticas fiscales son condición necesaria para el funcionamiento del control democrático del gasto público, para la formación libre y razonada de las decisiones del Congreso Nacional en materia presupuestaria, para la credibilidad del Estado ante los agentes económicos y los mercados, y para la fiscalización ciudadana del manejo de los recursos públicos”.
2. Vulneración del deber de coordinación y unidad de la gestión financiera del Estado. “El IFP 4T25 —instrumento que materializa la expresión financiera de mediano plazo del Estado, conforme a la Ley N° 21.683— presentó simultáneamente dos trayectorias aritméticamente incompatibles entre sí: una de balance fiscal que profundizaba el déficit acumulado entre 2026 y 2030 en $13,5 billones respecto del IFP del tercer trimestre de 2025, y otra de deuda bruta que solo recogía $3,9 billones de ese mismo deterioro. La diferencia de $9.559.289 millones (aproximadamente US$ 10.500 millones, equivalentes a 2,9% del PIB) no fue reflejada en la trayectoria de deuda”.
3. Vulneración del principio de universalidad presupuestaria. “El IFP 4T25 elaborado bajo la responsabilidad institucional del acusado contenía una proyección de gasto que no contemplaba todas las presiones de gasto derivadas de compromisos vigentes del Estado. Y precisa que dichas presiones corresponden a compromisos cuyo financiamiento fue incluido parcialmente en la Ley de Presupuestos 2026, tales como: reajuste del Sector Público, incremento de la cotización previsional de empleo público, mayor gasto en intereses y obligaciones sin devengar al 31 de diciembre de 2025”.
4. Vulneración del deber de coordinación entre el programa financiero de mediano plazo y presupuestos anuales. “La inconsistencia aritmética en la trayectoria de deuda constituye una manifestación de la misma falta de coordinación: el componente ‘balance’ del programa financiero de mediano plazo y el componente ‘deuda’ del mismo instrumento no estaban coordinados entre sí, ni con el presupuesto anual”.
Lea aquí el texto de la acusación constitucional:
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