La querella de la PUC por incendio de mil hectáreas en San Carlos que apunta a contratistas por dejar colillas de cigarro
Ex-Ante
El incendio de San Carlos de Apoquindo el 29 de diciembre de 2025. (Hans Scott / Agencia Uno)
“(En el predio) se estaban desarrollando labores de mantención y reforestación por personal de una empresa contratista de la Asociación de Municipalidades Parque Cordillera, en donde se habrían encontrado colillas de cigarros que podrían haber dado inicio al fuego”, dijo la querella presentada este mes por la Pontificia Universidad Católica, dueña de los terrenos donde se inició el mega incendio de diciembre.
Lo nuevo. El miércoles 13, la jueza del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, Andrea Osorio, admitió a tramitación una querella interpuesta por la Pontificia Universidad Católica de Chile por el mega incendio iniciado el 29 de diciembre en San Carlos de Apoquindo, cuyas llamas fueron observables desde distintos puntos de Las Condes y las comunas aledañas.
En la acción penal, dirigida contra quienes resulten responsables, se apuntó a las colillas de cigarros que habrían dejado trabajadores subcontratistas de la Asociación de Municipalidades Parque Cordillera, que administra el predio de la Universidad Católica desde 2020.
La universidad es dueña del Lote 14 A, “predio que resultó directamente afectado por el mega incendio, afectando la totalidad de su superficie, de 330 hectáreas”, dijo la querella.
El texto planteó también que, además del daño medioambiental al bosque esclerófilo, el volumen de árboles quemados dejó expuestos a los vecinos de San Carlos a riesgo de aluviones, en caso de lluvias.
La querella de la universidad se sumó a otra interpuesta en enero por el club deportivo.
Qué dice la querella. “Con fecha 29 de diciembre de 2025, aproximadamente a las 15.00 horas, se inició un incendio forestal en el sector Parque Natural San Carlos de Apoquindo, precordillera de la Región Metropolitana, de propiedad de la Pontificia Universidad Católica de Chile”, dice el escrito.
Llamas de más de tres metros. “Según informe de la Conaf (Corporación Nacional Forestal), el incendio se desarrolló bajo condiciones altamente favorables para su propagación, incluyendo altas temperaturas, humedad relativa del 15% y vientos de aproximadamente 15 km/hora, presentando un comportamiento extremo desde sus primeras etapas, con velocidades de propagación superiores a 80 metros por minuto, longitudes de llama superiores a 3.5 metros y a una intensidad muy alta”.
Mil hectáreas. “En pocas horas alcanzó una superficie de aproximadamente 94,8 hectáreas, expandiéndose luego a más de 1000 hectáreas en los días siguientes, generando condiciones convectivas propias, creando un microclima que facilitó su expansión”.
Intervención de terceros. “Estos antecedentes que forman parte del informe de comportamiento de incendio elaborado por la Conaf (Corporación Nacional Forestal) y que se acompaña en un otrosí, permiten presumir razonablemente de la posible intervención de terceros, ya sea por acción u omisión negligente, siendo patrones típicos de incendios intencionalmente provocados”.
Negligencia grave. “La hipótesis de negligencia grave tiene asidero toda vez que pudo haber sido causado por uso negligente de fuego en el lugar, o por actividades riesgosas sin medidas de seguridad y/o supervisión, las que pueden haber sido realizadas sin los deberes de cuidado considerando el lugar donde se inicia el incendio”.
Lucha por aire y tierra. “Debido al incendio, se desplegaron distintas compañías del Cuerpo de Bomberos para apoyar en la emergencia, así como también camiones aljibes, suministro de agua potable, la Conaf, de la I. Municipalidad de Las Condes, además de varios helicópteros y aviones privados con estanque para el combate aéreo del fuego, con el consiguiente costo económico y logístico”.
Bosque esclerófilo. “El incendio ocurre en inmueble de propiedad de la Universidad y produjo un daño ambiental con gravísimas consecuencias, al resultar afectado el bosque esclerófilo del lugar, la biodiversidad, alterando ecosistemas, siendo, por tanto, un daño irreparable que debe ser investigado y eventualmente perseguido en sede especializada”.
Colillas de cigarro. “Conforme a las primeras informaciones que se manejaron respecto del origen del incendio, se señalaba que se estaban desarrollando labores de mantención y reforestación por personal de una empresa contratista de la Asociación de Municipalidades Parque Cordillera en donde se habrían encontrado colillas de cigarros que podrían haber dado inicio al fuego”.
Daño ambiental. “El incendio generó un daño ambiental irreparable y perjuicios económicos para la Universidad al verse afectada la totalidad del predio de su propiedad, haciéndose cargo de altos costos asociados directamente al combate del fuego”.
Aluvión. “En directa relación con los efectos del incendio en la propiedad de la Universidad, durante el mes de febrero de 2026, atendida la pérdida de cobertura vegetal y soporte del terreno, luego de las lluvias caídas en la ciudad, se produjo un aluvión que descendió por la quebrada que atraviesa el inmueble Lote 1B1 de propiedad de la Universidad, el que continuó aguas abajo hacia zonas pobladas por calle Quebrada Honda”.
Riesgo para los vecinos. “Existe el riesgo inminente de que ante eventuales lluvias podrían seguir generando efectos similares en los vecinos que habitan en las cercanías del inmueble por donde ocurrió el aluvión en febrero y que fue de público conocimiento”.
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