Agosto 28, 2025

Colegios subvencionados: Presentan recurso ante la Corte de Apelaciones por dictamen que impide cancelar matrículas por deudas

Manuel Izquierdo P.
Imagen: Colegio Santo Domingo de Guzmán, Valparaíso.

Este jueves, la Orden de los Dominicos, sostenedora de un colegio subvencionado en Valparaíso, ingresó un recurso en la Corte de Apelaciones contra el dictamen que prohíbe impedir la renovación de matrícula a estudiantes con deudas, situación que afecta a 711 establecimientos. La institución acusa de vulneraciones a la libertad de enseñanza y el derecho de propiedad. Aquí los detalles.


Por qué importa. Este jueves, la Orden de los Dominicos, sostenedora del Colegio Santo Domingo de Guzmán de Valparaíso, presentó en la Corte de Apelaciones de Valparaíso un recurso de reposición en contra del dictamen N°75 de la Superintendencia de Educación, que prohíbe impedir la renovación de la matrícula a estudiantes que presenten deudas arancelarias en establecimientos con copago.

  • La orden religiosa había recurrido el 22 de agosto en contra de la resolución de la superintendencia acusando vulneraciones a la garantía constitucional de la libertad de enseñanza, el derecho de propiedad y la libertad de empresa. El tribunal, sin embargo, declaró inadmisible un recurso de protección que la institución ingresó.
  • El dictamen ha generado una fuerte preocupación entre sostenedores de colegios con financiamiento compartido —711 en todo el país, que atienden más de 546 mil alumnos— pues arriesgan déficits financieros que podrían acelerar su desaparición.
  • Las normativas actuales impiden cancelar matrículas, expulsar o suspender a estudiantes por su situación económica o rendimiento académico, pero no mencionan la prohibición de negar la renovación de matrícula para el año siguiente como consecuencia de las deudas.

Qué dice el recurso. El Colegio Santo Domingo de Guzmán es un establecimiento particular subvencionado mixto, ubicado en el cerro Playa Ancha, que cuenta con cerca de 900 alumnos en prebásica, básica y educación media humanista-científica. Del total de estudiantes, un 50% tiene gratuidad completa, un 10% está becado por el sostenedor para tener gratuidad y un 40% está adscrito al copago.

  • Según fuentes consultadas, el recurso ingresado este jueves por la Orden de los Dominicos apunta a que el dictamen N°75 afecta directamente a los alumnos con financiamiento compartido y altera los derechos contractuales del establecimiento al poner límites a contratos privados que están vigentes.
  • Señala, además, que existe un derecho de propiedad sobre los derechos y obligaciones de cada parte en un contrato vigente, lo que incluiría también la facultad del colegio de no renovar la matrícula a estudiantes morosos.
  • Asimismo, el escrito sostiene que el dictamen pasa a llevar la libertad de enseñanza al afectar la organización del establecimiento y amenazar su viabilidad financiera, poniendo en riesgo la posibilidad de mantener abierto el colegio.
  • Los argumentos que expone el colegio apuntan a las mismas dificultades que enfrentan los otros 710 establecimientos afectados.

La Superintendencia de Educación. El documento plantea que la interpretación que realiza la Superintendencia de Educación influye directamente en la posibilidad del Colegio Santo Domingo de Guzmán de abrir vacantes, organizar cursos y planificar la admisión de estudiantes para 2026.

  • También indica que el plantel tenía considerado cancelar la matrícula de un número de alumnos, lo que permitía abrir nuevas plazas para salvaguardar la solvencia financiera del establecimiento.
  • En el recurso de reposición, la orden religiosa cuestiona el que la Corte de Apelaciones de Valparaíso, al declarar inadmisible la acción de protección, haya analizado el fondo del escrito, cuestión que -bajo los argumentos que exponen- no corresponde al examen de admisibilidad, donde sólo se debe revisar si cumple con requisitos de tiempo y si incluye posibles vulneraciones a derechos.
  • Recalca además que los recursos de protección se establecen ante actos u omisiones ilegales o arbitrarios que amenacen, perturben o priven el ejercicio de garantías constitucionales.
  • Por otra parte, el texto indica que se acreditó la afectación de varios derechos por parte de una autoridad pública; que existe una relación causal entre el dictamen de la superintendencia y la amenaza a los derechos; y que se trata de garantías protegidas por la Constitución.

El rol de la superintendencia. Se plantea también que, en el ejercicio de interpretar las normativas educacionales, la Superintendencia de Educación sobrepasó su facultad y avanzó hacia poner fin al sistema de financiamiento compartido.

  • El escrito agrega que la superintendencia, liderada desde el 14 de agosto por la psicóloga Loreto Orellana, actuó de manera ilegal y arbitraria al establecer una normativa educacional que lesiona la libertad de enseñanza y el derecho de propiedad.
  • Previamente, en el recurso de protección declarado inadmisible, la orden religiosa había afirmado que la labor interpretativa de la Superintendencia no tiene el papel de crear normas que contradigan disposición legales, como los derechos del sostenedor a cobrar a los apoderados los aranceles y matrículas comprometidos.
  • Se trataba, a su juicio, de una suerte de expropiación encubierta, ya que sin mediar ley alguna se obliga a un sostenedor a entregar un servicio educacional completo sin que el Estado haya reemplazado lo que el sostenedor deja de percibir.

El rechazo de la Corte. Tres días después de presentado el primer recurso, la Corte de Valparaíso lo declaró inadmisible.

  • Argumentó que “la acción de protección tiene por objeto resolver afectaciones concretas y, apareciendo de los dichos del propio recurrente que el acto impugnado podría solo eventualmente afectar a la institución recurrente, sin que se señalen hechos que puedan constituir una vulneración actual a garantías de las mencionadas en el artículo 20 de la Constitución”.

El Gobierno y el Colegio de Profesores. Tras la alarma en los establecimientos por el dictamen que les impide no renovar la matrícula de los alumnos por deudas, el ministro Nicolás Cataldo respaldó este jueves la decisión señalando que “no estamos hablando de un número significativo de casos; no estamos hablando de que el sistema va a colapsar por esto”. Una opinión similar tuvo el Colegio de Profesores, que lidera Mario Aguilar.

Mejores resultados de colegios subvencionados. Un estudio de Acción Educar afirma que los colegios con financiamiento compartido son “significativamente más demandados que los gratuitos”.

  • El mismo informe indica que “los establecimientos con copago presentan mayores puntajes SIMCE” que los gratuitos en Matemática y Lectura, tanto en 4° Básico como en II° Medio, con amplias brechas entre los resultados.

Lea también:

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