Junio 6, 2023

Manual del Ejecutivo establece que migrantes que residan en Chile y hayan ingresado por pasos irregulares podrán solicitar refugio

Alexandra Chechilnitzky
Créditos: Agencia Uno.

La Corte Suprema le ordenó al Servicio Nacional de Migración adecuar sus protocolos internos respecto a las solicitudes de refugio de personas migrantes. En el documento elaborado por Migraciones se establece que independiente de si la condición de la persona es de ingreso o residencia regular o irregular, podrá realizar la solicitud, aunque hayan ingresado de manera irregular “eludiendo el control fronterizo o ingresando por un paso no habilitado”. También dice que mientras dura la tramitación se otorgará una residencia temporal de 8 meses. La normativa ya genera críticas de parlamentarios oficialistas.


El manual de refugio. El Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, tramitó en la Contraloría el Manual de procedimiento administrativo del Departamento de refugio y reasentamiento en el que se establece que “toda persona que se encuentre dentro del territorio nacional, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, sea que su ingreso o residencia sea regular o irregular”.

  • A eso añaden, explícitamente, que quienes hayan ingresado de manera irregular al país, “sea eludiendo el control fronterizo o ingresando por un paso no habilitado, indocumentada o valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona o cuya residencia fuere irregular y deseen formalizar una solicitud de refugio, deberán dar conocimiento de su irregularidad a la PDI” dentro del plazo de 10 días desde que ingresó de manera irregular o desde que se encuentre en situación migratoria irregular.
  • “El hecho de no presentarse ante la PDI para dar noticia de la irregularidad de su ingreso o estadía en el país no será obstáculo para iniciar una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado”, precisan en el manual y clarifican que el solicitante debe dar cumplimiento a “todos los requisitos formales dentro de un plazo de al menos 10 días hábiles, incluyendo la presentación ante la autoridad policial para dar noticia de su ingreso o estadía irregular”.

Plazos. Según estipula el mismo manual, después de que se formalice la solicitud de refugio, el Departamento afín procederá, a través de una resolución exenta, a otorgar una residencia temporal por 8 meses al solicitante y su familia, visa que se podrá prorrogar por periodos “iguales y sucesivos hasta que se resuelva la solicitud de refugio”.

  • Posteriormente, el Departamento de Refugio deberá asignar el caso a un oficial de protección, quien citará al solicitante a una entrevista y con todos los documentos y antecedentes a la vista, deberá elaborar una resolución.

Críticas. Pese a que el manual se publicó el 13 de mayo, ya hay posiciones contrarias y parlamentarios que critican el procedimiento de solicitud de refugio. El diputado Jaime Araya (ind. PPD) es uno de ellos y presentó un proyecto de ley con el apoyo de Yovana Ahumada (ex PDG), Joanna Pérez (Demócratas), Raúl Soto (PPD), los independientes PPD Carlos Bianchi, Héctor Ulloa y Cristian Tapia, Raúl Leiva (PS), José Miguel Castro (RN) y Sebastián Videla (Liberal).

  • La idea de los parlamentarios es que se realice una modificación a la ley 20.430 sobre protección a refugiados y que, por ejemplo, la autodenuncia de ingreso irregular se realice en 48 horas en vez de 10 días.
  • También buscan que al momento de presentar una solicitud de refugio, las personas pongan a disposición de la autoridad “todos los antecedentes que tenga conocimiento respecto de la red de tráfico ilícito de migrantes a la cual se haya recurrido para ingresar al país”.

Contexto. El Servicio Nacional de Migración debió elaborar un manual sobre refugiados por orden de la Corte Suprema. Esto, porque el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) interpuso el año pasado una acción constitucional por la solicitud de refugio de un ciudadano venezolano, contra el Departamento de Extranjería ante la Corte de Apelaciones.

  • La Corte ordenó dar refugio al ciudadano, lo que fue apelado ante la Suprema y en marzo de este año el tribunal de máxima instancia resolvió confirmar la sentencia de la Corte de Apelaciones, sumado a que se le obligó al Servicio Nacional de Migraciones adecuar sus protocolos internos.

Lea acá el manual completo:

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