El manual de refugio. El Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, tramitó en la Contraloría el Manual de procedimiento administrativo del Departamento de refugio y reasentamiento en el que se establece que “toda persona que se encuentre dentro del territorio nacional, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, sea que su ingreso o residencia sea regular o irregular”.
Plazos. Según estipula el mismo manual, después de que se formalice la solicitud de refugio, el Departamento afín procederá, a través de una resolución exenta, a otorgar una residencia temporal por 8 meses al solicitante y su familia, visa que se podrá prorrogar por periodos “iguales y sucesivos hasta que se resuelva la solicitud de refugio”.
Críticas. Pese a que el manual se publicó el 13 de mayo, ya hay posiciones contrarias y parlamentarios que critican el procedimiento de solicitud de refugio. El diputado Jaime Araya (ind. PPD) es uno de ellos y presentó un proyecto de ley con el apoyo de Yovana Ahumada (ex PDG), Joanna Pérez (Demócratas), Raúl Soto (PPD), los independientes PPD Carlos Bianchi, Héctor Ulloa y Cristian Tapia, Raúl Leiva (PS), José Miguel Castro (RN) y Sebastián Videla (Liberal).
Contexto. El Servicio Nacional de Migración debió elaborar un manual sobre refugiados por orden de la Corte Suprema. Esto, porque el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) interpuso el año pasado una acción constitucional por la solicitud de refugio de un ciudadano venezolano, contra el Departamento de Extranjería ante la Corte de Apelaciones.
Lea acá el manual completo:
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