Grupo constitucionalista: Relación entre el presidente y el Congreso “tiende a debilitar el régimen democrático”
Josefina Ossandón
El documento, al que tuvo acceso Ex-Ante, firmado por 25 académicos de distintos sectores (del PC a la UDI), explican la deficiencia del régimen presidencialista actual. Indican que una nueva Constitución debería reconocer a los pueblos indígenas y establece que el derecho a propiedad debe mantenerse.
Telón de fondo: Desde el 15 de julio, todos los miércoles, un grupo de 25 expertos, abogados y profesores de distintas universidades se reunieron para formar lo que llamaron “Conversaciones Constitucionales”. Las citas se realizaron vía Zoom y abordaron las distintas temáticas que se deberían incorporar en una nueva Constitución. El documento ve la luz a tres días del plebiscito que decidirá aprobar o rechazar una futura Carta Magna.
La coordinación estuvo a cargo del reputado abogado constitucionalista, Gastón Gómez, quien llamó a cada uno de los miembros para ser parte y redactó el documento final con acuerdos o ideas en las cuales convergieron los firmantes. El texto contiene 16 páginas y 4 capítulos: 1) disposiciones generales, 2) derechos fundamentales 3) régimen político 4) forma de gobierno y la garantía jurisdiccional de la Constitución.
El documento, que está en las manos delos participantes, tuvo la participación de Jaime Gajardo, Francisco Zúñiga, Tomás Jordán, Pamela Figueroa, José Francisco García, Constanza Hube, Víctor Manuel Avilés, Lucas Sierra, Ignacio Walker, Patricio Zapata, Agustín Squella, Claudia Sarmiento y Miriam Henríquez, entre otros.
Aspectos más importantes:
Pueblos indígenas: los expertos indican que se debe “reconocer a los pueblos indígenas, hasta ahora constitucionalmente invisibles, pero que han aportado a nuestra identidad”.
Derecho a la propiedad: Se explica que todas las constituciones reconocen este derecho y que todos los miembros “pensamos que debe estar incluido en una enunciación de derechos, aunque algunos (as) integrantes del grupo piensan que la forma y alcance de algunos derechos de propiedad especiales y sus cargas requieren discusión”.
El derecho a la igualdad ante la ley: Está actualmente consagrado en la Constitución pero “tiene que fortalecer la prohibición de no discriminación como también la igualdad de derechos entre hombres y mujeres”.
Derecho a la salud, educación y previsión: Están de acuerdo en que debe ser parte, pero “existen algunos desacuerdos sobre el contenido de ellos –no sobre su consagración- y de si deben ser de provisión exclusiva del Estado o si admiten intervención de particulares”.
Régimen político: Todos adhieren a una democracia representativa y que “no se debe caer en democracias plebiscitarias que ponen en riesgo una democracia pluralista” y aunque no hay acuerdo en relación a si se debe cambiar el régimen a semi presidencial o parlamentario, sí advierten que “los permanentes conflictos que se observan entre Presidente y Congreso Nacional y el fraccionamiento de este último, es una dificultad objetiva a un buen gobierno y tiende a debilitar el régimen democrático”.
Nuevos derechos sociales: Surgió la idea de incorporar nuevos derechos, pero que deben expresar un balance entre todos ellos (entre libertades, igualdades, orden público económico y derechos sociales), y las nuevas inclusiones: cuidar su relevancia general para los individuos y la sociedad, evitando anular o debilitar los ya reconocidos. El documento agrega que deben “satisfacer una redacción técnica adecuada” y que también “en países donde los recursos son escasos, no se pueden perseguir todos ellos ilimitadamente. Se requiere, entonces, un correcto balance entre derechos de libertad, igualdades, sociales y económicos. Ese balance debe reconocer las nuevas tensiones entre los derechos y las expectativas. Probablemente, ante un mayor reconocimiento de derechos sociales prestacionales se requerirán nuevas garantías en materia tributarias, de cargas públicas y de ordenación económica y de responsabilidad fiscal”.
Definición del Estado: No lograron concordar la definición exacta de este pero “todos comparten la necesidad de que el Estado sea plural y admita y garantice todas las religiones y sus manifestaciones públicas y privadas”.
Garantía jurisdiccional de la Constitución: Los expertos acordaron que la Constitución “ocupa un lugar especial en el sistema jurídico” y que “se nos presenta como una norma superior respecto del resto de los poderes y normas, exigiendo respeto al valor de su supremacía”. Destacan la importancia del Tribunal Constitucional y el papel significativo de un Poder Judicial independiente, robusto y garante del imperio de la ley.
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