Las siguientes imágenes audiovisuales corresponden a la cámara personal del carabinero Sebastián Zamora, entregadas a la justicia por la abogada que lo defiende en el caso del joven que cayó al río Mapocho el 2 de octubre tras ser embestido por él. Los dos videos fueron objeto de una pericia preliminar de la PDI, cuyo informe completo fue dado a conocer el lunes 9 por Ex Ante.
Los videos estaban en el casillero del carabinero en la 40ª Comisaría. Su defensora, Nubia Vivanco, dio a conocer su existencia a la institución para que fueran entregados a tribunales. Carabineros llamó a la PDI para que los incautara y procedió a expulsar a Zamora, por infringir la norma que impide el uso de las cámaras personales en operativos.
En síntesis, el informe de la PDI no entrega antecedentes concluyentes respecto de la intencionalidad de lo ocurrido y solicita a la fiscal Chong nuevas pericias dada la baja calidad de las imágenes.
La fiscal Chong acusa a Zamora de homicidio frustrado, vale decir, que hubo intencionalidad por parte de Zamora. Penalistas consultados por Ex-Ante explicaron lo siguiente:
- “El asunto radica en lo que se llama el elemento subjetivo del delito: para que haya homicidio, tiene que haber dolo. Para que sea cuasidelito solo culpa o negligencia. Acá la fiscal, dice qué hay dolo. Es decir, que quiso matarlo. Lo de frustrado dice relación con el grado de desarrollo del delito. Puede ser consumado, frustrado o tentativa. Acá la fiscal dice que es frustrado porque no se consumó (no se produjo el resultado querido) por causas independientes de su voluntad. Art 7, inciso segundo del Código Penal”.
VIDEOS DE LA CÁMARA PERSONAL DEL CARABINEROS ZAMORA:
Revisa a continuación el documento elaborado por la PDI:
Caso Pío Nono: Informe policial de la PDI by Ex-ante on Scribd
