Por 105 votos a favor fue aprobado en la Cámara el articulado principal que restituye el voto obligatorio. La norma despachada por los diputados, que debe ahora debe ser revisada por el Senado, no contempla multas ni penas asociadas.
Qué sucedió. La reforma constitucional, que restablece el voto obligatorio, culminó su primer trámite en la Cámara de Diputados.
- Este proyecto se reactivó tras la baja participación de en los comicios del 15 y 16 de mayo, donde votó 43,41% del electorado.
- El debate se acentuó luego de que en la segunda vuelta de las elecciones de gobernadores regionales solo participara un 19,62%.
- Sin embargo, el texto que despachó la Cámara, en lo esencial, reemplaza la palabra “voluntario” por “obligatorio”.
- Además considera algunos párrafos para eximir a los electores residentes en el extranjero, señalar que el sufragio siempre será voluntario para las primarias y que “el Estado arbitrará las acciones necesarias para informar, facilitar e incentivar el ejercicio del derecho a sufragio”.
- Además, pone como requisito que la obligatoriedad solo entrará en vigencia cuando se actualice la Ley de Votaciones y Escrutinios, lo que ya se está viendo en un proyecto paralelo para ver esos incentivos y facilidades para votar.
- No obstante, entre los diputados aún se sigue discutiendo si se establecerá sanciones como multas.
Modelo mexicano. Aunque el voto obligatorio sin sanción ha sido considerado como “letra muerta” por algunos legisladores, no es único en la legislación extranjera.
- En el mundo no es usual, pero hay casos con modelos así. México, República Dominicana, Costa Rica, Honduras y Panamá tienen un voto obligatorio sin sanciones.
- La participación en estos países fluctúa en 59% y 65%, porcentajes superiores a lo que ha sido la concurrencia a las urnas en Chile desde 2012.
- En Argentina, en cambio, existe voto obligatorio con sanción. Esta implica un impedimento para ejercer cargos públicos por tres años y una multa baja que fluctúa entre $1.000 a $7.000 (pesos chilenos). Si no se paga la multa, no se pueden hacer trámites ante el Estado argentino.
