“No corresponde que el Ministerio de Energía concurra al pago de la defensa jurídica privada del señor Pardow Lorenzo, en el marco de la acusación constitucional formulada en su contra, toda vez que, a la fecha en que se verificó tal actuación, aquel ya no ejercía una función pública”, señala el dictamen. El abogado de Pardow, Francisco Cox, afirma que a él todavía no le pagan la defensa.
Debate jurídico. El 25 de noviembre el Senado rechazó la Acusación Constitucional presentada por la oposición contra el exministro de Energía Diego Pardow, a quien se responsabilizaba políticamente por los errores de cálculo que generaron cobros excesivos en las cuentas de la luz. Por mayoría, los senadores resolvieron que no se había vulnerado la Constitución.
- Sin embargo, se abrió un debate jurídico respecto a si correspondía que el gobierno financiara la defensa del exministro, a quien el presidente Gabriel Boric le pidió la renuncia por el manejo de este caso, el 16 de octubre de 2025.
- En el Congreso, Pardow estuvo representado por el abogado Francisco Cox.
- La ministra Segpres, Macarena Lobos, había señalado que “No se trata de una defensa personal, se trata de un tema institucional respecto de una exautoridad que ya asumió sus responsabilidades políticas”.
- El diputado UDI, Henry Leal, concurrió a Contraloría para que definiera si procedía que el Ministerio de Energía financiara la defensa de una exautoridad.
“No ejercía función pública”. El 9 de febrero el contralor subrogante Víctor Hugo Merino emitió su dictamen señalando que se requirió un informe a la Subsecretaría de Energía, la que señaló que el caso se ajustaba a la jurisprudencia administrativa “por cuanto las actuaciones que se le reprochan estaban ligadas al desarrollo de funciones públicas propias”.
- No obstante, la resolución del contralor sostuvo que “en tanto se trata de un derecho estatutario que se establece en favor de quienes ejercen una función pública, es menester colegir que no será posible financiar con recursos públicos la defensa jurídica privada de un exservidor que hubiere cesado por alguna causal legal de expiración de funciones -como ocurre, precisamente, con la aceptación de la renuncia voluntaria-, toda vez que dicho beneficio solo aprovecha a quienes tienen la calidad de servidores, y mientras la conserven”.
- “En mérito de lo expuesto, cabe concluir que no corresponde que el Ministerio de Energía concurra al pago de la defensa jurídica privada del señor Pardow Lorenzo, en el marco de la acusación constitucional formulada en su contra, toda vez que, a la fecha en que se verificó tal actuación, aquel ya no ejercía una función pública”.
“Todavía nadie me paga”. Consultado el abogado defensor señaló a Ex-Ante que “todavía nadie me paga”. Sobre el dictamen de Contraloría indicó “entonces será algo privado ya que no hay obligación de informar. Lo hablaré con mi cliente”.
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