El río Silala, un modesto curso de agua no navegable que atraviesa la frontera con nuestro vecino boliviano en medio del desierto más árido del mundo, no debió habernos conducido a un largo proceso judicial internacional. Por más de un siglo, de hecho, Bolivia lo reconoció como lo que es: un río transfronterizo. Así consta en el tratado de límites que rige nuestra relación desde 1904.
En 1999, sin embargo, Bolivia cambió oficialmente su postura respecto al Silala, pasando a considerarlo no río sino “manantial ubicado exclusivamente en territorio boliviano”, y cuyas aguas cruzan a Chile fruto de un “desvío artificial”. Chile propuso entonces a Bolivia un diálogo diplomático sobre recursos hídricos compartidos y en particular sobre el Silala, llevándose a cabo reuniones, trabajos en terreno e incluso creándose un Grupo de trabajo binacional, que operó al respecto entre 2004 y 2008.
En 2006, mismo año en que Evo Morales ascendió a la presidencia de Bolivia, el Silala se incluyó formalmente en la agenda bilateral.
En medio de esas conversaciones, por ejemplo, se discutió en el año 2009 como propuesta, en aplicación del principio de uso equitativo, que ambos países ribereños se dividieran las aguas 50% y 50%, con Bolivia aceptando vender su 50% a usuarios chilenos en vista de que por distintos factores nunca ha podido hacer uso de las aguas, incluyendo la lejanía del río respecto de asentamientos humanos y su ubicación en zona extremadamente fría y de altura.
Bolivia, finalmente, no dio su consentimiento a este pre-acuerdo. En todo caso, en este capítulo, Chile nunca ofreció pagar por la mitad de las aguas, que le corresponden por derecho propio.
Los esfuerzos diplomáticos para un uso justo, entonces, no rindieron fruto. Al contrario: en 2010 Bolivia, insistiendo en una “propiedad” del 100% de las aguas del río, planteó a Chile el pago de una compensación por una “deuda histórica” ocasionada por el uso dado por Chile a las aguas que llegan a territorio nacional.
Y si bien desde 2013 la relación se centró en la llamada “demanda marítima”, la narrativa moderna respecto al Silala no fue abandonada por Bolivia, sino que incluso subió de tono: en 2016, al mismo tiempo que prometía a sus conciudadanos el retorno al mar con soberanía, Morales amenazó con cortar el flujo del río e interponer una segunda demanda ante La Haya en contra de Chile, por “robo” de agua.
Resultó entonces acertado tomar la decisión de proteger los derechos del país sobre este recurso compartido mediante demanda, beneficiándose Chile del Pacto de Bogotá para demandar (no sólo sirve para ser demandado). La decisión se tomó sobre la base de una evaluación positiva de posibilidades de ganar, hecha por líderes internacionales en materia de derechos hídrico y ambiental, y así como en hidrogeología e hidráulica.
Estas evaluaciones técnicas, ampliadas, se pueden leer en su integridad, pues son parte del expediente del caso, de libre acceso a partir del viernes pasado. De acuerdo a esos reportes, las gradientes naturales de la topografía del paisaje y el cauce del río son tales que el agua fluye naturalmente desde Bolivia hasta Chile. Así lo ha hecho por miles de años, y lo seguirá haciendo – aunque no existiera la precaria y centenaria canalización en territorio boliviano que un ente privado realizó con autorización de Bolivia.
Por esta razón, y más allá de los pronunciamientos políticos en estos años, el demandado se vio obligado a allanarse parcialmente a la demanda chilena por vía de sus escritos a la Corte, lo que se admitió públicamente en 2020. Al reconocer que parte del flujo del río pasa naturalmente a Chile, la cuestión de si el Silala es efectivamente río internacional ya se zanjó. La Corte debe resolver entonces un punto más acotado: en qué consiste la utilización equitativa del recurso.
¿Y qué sacamos al final con todo eso?. El río es muy chico, y además ya nos fue bien en el caso anterior, pero la relación sigue igual: no mejora. Bolivia podría no querer cumplir el nuevo fallo. Por lo demás, el nuevo Presidente boliviano le dijo al nuevo Presidente chileno que sin acceso al mar, no habrá reanudación de relación diplomática, porque la Constitución boliviana no lo permite.
Aquí es necesario señalar que la Constitución boliviana, por más que diga que la aspiración marítima es objetivo irrenunciable del Estado, no impide reanudar relaciones (de hecho no menciona a Chile). Dos países pueden tener uno o más diferendos importantes vinculados a fronteras y mantener fluidas relaciones diplomáticas: la relación Chile-Argentina es prueba de ello.
También hay que decir que ni la Constitución ni ninguna norma de derecho nacional de un país puede esgrimirse para incumplir el derecho internacional, del cual los fallos de la Corte Internacional de Justicia son fuente.
Pero lo más importante es lo siguiente.
La solución de controversias internacionales opera por medio de procesos y no de eventos. Cumplir a cabalidad los fallos de la Corte Internacional de Justicia a veces toma tiempo, e incluso mucho tiempo. Es difícil resignarse a ser perdedor. Ser perdedor dos veces, puede ser más difícil aún — sobre todo cuando por años se han creado expectativas falsas y construido un relato en que a un tribunal internacional se le atribuye un rol mágico.
Faltan algunos meses aún para que el problema del Silala sea resuelto de manera detallada. La sentencia de la Corte, pese a su importancia, sólo dará luz sobre un aspecto de la relación bilateral. Pero por encima de ella, lo que determina la buena relación vecinal que siempre buscamos, es nuestra actitud como país.
Respecto a la Corte, en estas dos semanas de alegato se completará la labor. Respecto al vecino, la labor no tiene fin; y siempre cabe mejorar, para que el repaso de tanta historia no haya sido en vano.
Que la soberbia que ha marcado varios momentos de nuestra política exterior en el pasado, no sea la marca del futuro.
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