Ahora el INDH dice que sancionar a menores por quema de micros o rayados atenta contra “el interés superior del niño”

La minuta de 24 páginas enviada por el INDH a la Cámara por el proyecto de ley que crea el registro nacional de actos vandálicos e incivilidades, no sólo abrió un flanco con el gobierno al afirmar que la sanción a los rayados de la iniciativa era una “criminalización de la expresión artística”. También acusó que, por su enfoque punitivo, la iniciativa —que sanciona 23 delitos y 10 faltas— “resulta contradictoria con el principio del interés superior del niño”. El ministro Arrau intervino esta mañana contra el INDH por los “rayados”.


Lo nuevo. El informe que el director del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) Yerko Ljubetic dejó el miércoles 8 a los miembros de la Comisión de Seguridad de la Cámara al exponer sobre el registro nacional de actos vandálicos e incivilidades, abrió un flanco para el organismo que el gobierno espera reformar a través de un proyecto de ley que, según anunció, será ingresado en los próximos meses.

  • Este flanco fue abierto por sus comentarios sobre los incisos del proyecto de ley que contemplan incluir en el registro de vándalos a quienes realicen “daño en un monumento nacional” y la “realización no autorizada de rayados, dibujos, mensajes o expresiones en bienes muebles o inmuebles, públicos o privados”.
  • En total, el proyecto —ingresado en junio a la Cámara— detalla 23 delitos y 10 faltas que darán pie en la inscripción en el registro. Entre los primeros está provocar incendios, usar artefactos explosivos e incendiarios y retener vehículos de pasajeros. Entre los segundos está consumir alcohol en las calles y subir a la micro o al Metro si pagar el pasaje.
  • Respecto de los rayados, el informe afirmó que la redacción del proyecto —que propone quitar beneficios estatales a los condenados por estos delitos y faltas— implica una “criminalización de la expresión artística”.
  • Esto fue respondido este martes por el ministro de Seguridad Martín Arrau, quien publicó en X que “el INDH vuelve a romantizar el vandalismo y a ignorar sus consecuencias. Llama ‘expresión artística’ a rayar sin permiso bienes públicos o privados. No”.
  • “El arte no da derecho a intervenir lo ajeno y pasarles la cuenta a todos”, dijo. “Quien vandalice, que responda”.
  • Una revisión del documento de 24 páginas mostró también otro aspecto controversial. Este fue acusar que, por su enfoque punitivo, la iniciativa atenta, en su conjunto, contra “el principio del interés superior del niño”.

Qué dijo sobre el interés superior del niño. La sexta conclusión del informe del INDH afirmó que “la aplicación a adolescentes de medidas que minan sus oportunidades educativas y su seguridad económica resulta contradictoria con el principio del interés superior del niño y con la obligación estatal de promover activamente su reintegración social”.

  • En su argumentación había detallado que “imponer a un adolescente la suspensión de sus oportunidades educativas es contrario al principio del interés superior del niño (art. 3 CDN) y a la obligación del Estado de asegurar que las medidas aplicadas a NNA (Niños, Niñas y Adolescentes) en conflicto con la ley sean proporcionales a las circunstancias del infractor y orienten su conducta hacia el futuro, y no hacia el castigo por el pasado”.
  • Por esto recomendó “excluir del ámbito de aplicación del Registro las contravenciones e infracciones de menor entidad contempladas en los artículos 6° y 7° del proyecto, o bien establecer para ellas respuestas alternativas de carácter restaurativo, reparatorio o comunitario, evitando que faltas o infracciones de menor entidad generen consecuencias generales de exclusión de derechos y beneficios estatales”.
  • “En particular, se recomienda revisar la suspensión de la gratuidad en educación superior, becas, subsidios habitacionales, Pensión Garantizada Universal y tarifas rebajadas de transporte, atendido su impacto diferenciado sobre personas en situación de vulnerabilidad”.

Qué dijo sobre los rayados. La cuarta conclusión del informe del INDH, titulada “Sobre la criminalización de la expresión artística”, afirmó que “su amplísima redacción puede alcanzar formas de expresión artística cultural y política protegidas por el DIDH (Derecho Internacional de los Derechos Humanos)”.

  • “La tipificación del artículo 486 bis del Código Penal en los términos propuestos es incompatible con los estándares del artículo 13 de la CADH (Convención Americana sobre Derechos Humanos) y el artículo 19 del PIDCP (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
  • “El tipo penal no distingue entre daño al patrimonio y expresión en el espacio público, ni establece criterios que permitan identificar con suficiente precisión la conducta prohibida, vulnerando además el principio de legalidad penal”.
  • Por esto recomendó “evitar una redacción que pueda comprender de manera amplia e indeterminada expresiones artísticas, culturales, sociales o políticas desarrolladas en el espacio público”.

Trasfondo. El informe del INDH se conoció en momentos en que el gobierno prepara un proyecto de ley para reformar el INDH, que cumple 16 años.

  • Entre las críticas que ha recibido están las presiones a su exdirector Sergio Micco para declarar que durante el 18-O hubo violaciones sistemáticas a los derechos humanos, que él rechazó.
  • “Se inició durante 2025 (en el gobierno pasado) un proceso de revisión del INDH, el cual dio lugar a un informe con más de 44 recomendaciones que tocan distintos aspectos de su funcionamiento”, dijo el subsecretario de Derechos Humanos, Pablo Mira, a Reportajes de El Mercurio. “Desde esta subsecretaría hemos transformado estas recomendaciones en un anteproyecto de ley, el cual está en los últimos ajustes técnicos antes de ser presentado al Congreso durante los siguientes meses”.
  • Por otra parte, el registro ha enfrentado cuestionamientos a la constitucionalidad de retirar beneficios sociales, lo que fue advertido, entre otros, por el exministro de Seguridad Luis Cordero. Entre los puntos criticados está establecer castigos vinculados a derechos previsionales.

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